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A la cárcel, quienes obstruyan el transporte público en Colombia

Así lo determinó la Corte Constitucional, en respaldo a la nueva norma en Seguridad Ciudadana.

28 de septiembre de 2012 Por: Elpais.com.co I Colprensa

Así lo determinó la Corte Constitucional, en respaldo a la nueva norma en Seguridad Ciudadana.

Tras fallar una demanda, la Corte Constitucional determinó respaldar la norma que ordena enviar a la cárcel a quienes bloqueen vías públicas en manifestaciones. Se trata de la nueva norma en Seguridad Ciudadana, la cual incluye seis artículos para ser agregados a la Ley 599 del 2000. Uno de los nuevos artículos es el 44, el cual refiere que quienes obstaculicen las vías públicas deberán ser sancionados penalmente. Esto fue precisamente lo que provocó que la norma fuera demandada por el ciudadano Carlos Esteban Romo Delgado, con el argumento de que la Ley violaba lo derechos fundamentales a la libertad de expresión y al debido proceso y el derecho del pueblo a reunirse y manifestarse, tal y como lo establece la Constitución. El alto tribunal consideró que las personas que obstruyen el transporte público violan los derechos al trabajo y a la vida de los demás ciudadanos, por lo que los argumentos del demandante quedaron sin efecto. Para la corporación, la Ley de Seguridad Ciudadana se ajusta al artículo de la Constitución que consagra, “el que por cualquier medio ilícito imposibilite la circulación o dañe nave, aeronave, vehículo o medio motorizado destinados al transporte público, colectivo o vehículo oficial, incurrirá en prisión de cuatro a ocho años y multa de trece punto treinta y tres a setenta y cinco salarios mínimos legales mensuales vigentes”.

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