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20 puntos claves acordados en la Reforma de Equilibrio de Poderes

El primer objetivo de la inicitiva, la eliminación de la reelección presidencial, ya es un hecho. Mañana empieza discusión de los tres últimos artículos.

8 de junio de 2015 Por: Colprensa

El primer objetivo de la inicitiva, la eliminación de la reelección presidencial, ya es un hecho. Mañana empieza discusión de los tres últimos artículos.

Luego de tres días de discusión del último debate de la reforma al Equilibrio de Poderes, la plenaria de la Cámara de Representantes ha votado 26 artículos de 29 por los que está compuesto este proyecto de ley, que busca modificar algunos apartes  de la Constitución Política de Colombia.

Para el próximo martes fue convocada la plenaria de la Cámara, con el propósito de   aprobar los artículos que faltan.

Una vez la reforma sea aprobada en su totalidad por esa Corporación, el documento pasará a ser conciliado entre las dos partes (Cámara y Senado), para dar la lista definitiva de los articulados que se quedan y de los que se van, y que pasarán a revisión por parte de  la Corte Constitucional.

La de Equilibrio de Poderes será la reforma número 39 que se hace desde la expedición de la Carta Política de 1991, que el próximo 7 de julio cumplirá 24 años de existencia.

Según expertos, el mayor logro de la iniciativa es la eliminación de la reelección presidencial, que quedó aprobada el pasado miércoles, cuando se discutió el eje político de la reforma.

El ministro del Interior, Juan Fernando Cristo, aclaró que la norma se aplicaría  a partir de las próximas elecciones que hayan después del 2015, “quiere decir, las elecciones presidenciales del 2018 y las regionales posteriores”.

Lo aprobadoEliminación definitiva de la reelección presidencial y vicepresidencial en el país. “No podrá ser elegido Presidente de la República el ciudadano que a cualquier título hubiere ejercido la Presidencia. Esta prohibición no cobija al Vicepresidente cuando la ha ejercido por menos de 3 meses, en forma continua o discontinua, durante el cuatrienio”, señala la ponencia. Dicha prohibición solo podrá ser reformada o derogada mediante referendo por iniciativa popular o asamblea constituyente.A partir de 2018, el candidato que le siga en votos y a quien la autoridad electoral declare elegido en el cargo de Presidente y Vicepresidente de la República, Gobernador, Alcalde Distrital y Alcalde municipal, tendrá el derecho a ocupar una curul en el Senado, Cámara de Representantes, Asamblea, Concejo Distrital y Concejo Municipal, respectivamente, durante el período de la correspondiente corporación.Aprobación de la ampliación de la Silla Vacía, que  incluye serias medidas en contra de los políticos condenados por actos de corrupción. Es así como los congresistas que renuncien no podrán ser reemplazados si son condenados por delitos relacionados con pertenencia, promoción, financiación de grupos armados ilegales, delitos de lesa humanidad o contra mecanismos de participación democrática o corrupción.Eliminación de la Comisión de Acusaciones, para darle paso a la Comisión de Aforados, la cual investigará y acusará a  magistrados de Corte Constitucional, Consejo de Estado y Fiscal General de la Nación. Se elimina el Consejo Superior de la Judicatura, reemplazado por el Consejo Nacional de Gobierno Judicial, compuesto por los presidentes de las cortes Constitucional y Suprema y Consejo de Estado, quienes deberán ser profesionales con 20 años de experiencia en administración o entidades públicas; representantes de magistrados, quienes deberán tener 15 años de experiencia; y de los jueces elegidos por ellos mismos por cuatro años, y tres miembros permanentes de dedicación exclusiva al Consejo, elegidos por cuatro años.El Vicepresidente de la República será investigado por la Fiscalía General y juzgado por la Corte S. de Justicia.Aprobado fuero presidencial, que permite que la Cámara acuse ante el Senado al Presidente de la República y, los tres miembros de la Comisión de Aforados.El Contralor será elegido por el Congreso en pleno, por mayoría absoluta, en el primer mes de sesiones para un periodo igual al del Presidente, de lista de elegibles conformada por convocatoria pública con base en  el Artículo 126 de la Constitución, y no podrá ser reelegido ni seguir  en ejercicio de sus funciones al vencimiento del mismo.El Defensor del Pueblo ejercerá sus funciones de manera autónoma, y será elegido por la Cámara para un periodo de 4 años de terna elaborada por el Presidente de la República.Los representantes por San Andrés, Providencia y Santa Catalina podrán obtener una curul adicional a la que poseen en la Cámara, ya que la plenaria decidió quitarle un puesto a los representantes colombianos en el exterior para dárselos  a los raizales de allí.Los candidatos a ocupar las curules del Senado por los territorios especiales de representación deberán haber nacido o vivido en el respectivo territorio por lo menos durante los dos años anteriores a la fecha de la inscripción.El Senado podrá conocer las acusaciones que formule la Cámara contra el Presidente de la República o quien haga sus veces y los miembros de la Comisión de Aforados, aunque hubieren cesado en el ejercicio de sus cargos.Los magistrados de la Corte Suprema y del Consejo de Estado serán elegidos por nominación. Además, deberá  haber una audiencia pública de 10 candidatos, enviada por el Consejo de Gobierno Judicial, tras convocatoria pública.La Comisión de Disciplina Judicial estará formada por 7 magistrados elegidos por el Congreso en pleno, donde 4 cupos  nominará el Consejo de Gobierno Judicial, y 3 el Presidente, todos de ternas elegidas por convocatoria pública; los magistrados tendrán 8 años de periodo sin reelección y su función será examinar la conducta de los abogados.La Corte Constitucional resolverá los conflictos de competencias entre distintas jurisdicciones y estimará cuáles son los requisitos para ser magistrado, teniendo en cuenta que deberá tener 15 años de experiencia en la Rama Judicial o como catedrático en universidad reconocida oficialmente.La Gerencia de la Rama Judicial se encargará  de ejecutar las decisiones del Consejo de Gobierno Judicial y proyectar el presupuesto de la Rama, aprobado por el Congreso en el presupuesto general de la Nación.El primer Consejo de Gobierno Judicial tendrá 2 meses, a partir de su elección, para designar al gerente de la Rama. Se garantizan los derechos de carrera de magistrados y empleados de las salas administrativas de los consejos seccionales de la judicatura.Se garantiza la equitativa representación de partidos y movimientos políticos y grupos significativos de ciudadanos. Es así como las curules de las corporaciones públicas se distribuirán mediante el sistema de cifra repartidora entre las listas de candidatos que superen un mínimo de votos, que no podrá ser inferior al 3 % de los votos válidos para Senado de la República.Los contralores departamentales serán  elegidos por asambleas y concejos para una periodo igual del Alcalde o Gobernador,  y  no podrán haber  sido concejales o diputados un año antes ni  haber ocupado cargos a nivel regional.Se aprobó la armonización de reelección presidencial, que permitió la eliminación de la reelección.
Lo pendiente

A la plenaria de la Cámara de Representantes solo le faltan discutir tres artículos, los cuales serán retomados el próximo martes para dar por finalizado el último debate de la reforma al Equilibrio de Poderes.

Entre los artículos pendientes  se destaca el del Senado Regional, respecto del cual, según el presidente de esta Corporación, Fabio Amín, “ya hay acuerdo entre la Cámara y el Senado, con el fin de hacer una propuesta para que haya cuatro curules, lo que garantizaría que en la conciliación del proyecto queden fijos estos cuatro espacios en la Cámara alta para los miembros de estos departamentos que en el país que no tienen representación”.

Adicionalmente, está por definir  el artículo que busca la eliminación de la polémica puerta giratoria, donde los servidores públicos no podrán, en ejercicio de sus funciones, nombrar, postular ni contratar a personas con las cuales tengan parentesco hasta el cuarto grado de consanguinidad. 

Este  artículo también permite la representación de las mujeres en las listas para corporaciones públicas.

Lo eliminado

En el borrador de la reforma de Equilibrio de Poderes  se proponía que los congresistas  que renunciaran a su cargo, al otro día podrían  ser ministros o embajadores.

Sin embargo, esta iniciativa fue eliminada del  articulado final de la reforma porque no alcanzó la mayoría de votos para lograr ser incluida en la misma.

 

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