Sentencia ordena control a sobrecupo del MÍO
La decisión fue proferida por el Juzgado 17 Administrativo de Cali, ante una acción popular interpuesta por Jhony Molano, miembro de la Liga de Usuarios del MÍO.
La decisión fue proferida por el Juzgado 17 Administrativo de Cali, ante una acción popular interpuesta por Jhony Molano, miembro de la Liga de Usuarios del MÍO.
Una sentencia de una acción popular (en primera instancia) obliga a Metrocali a activar las medidas necesarias para evitar el sobrecupo en los buses del sistema. Asimismo, le pide mejorar la calidad del servicio en varias comunas del oriente de Cali.
La decisión fue proferida por el Juzgado 17 Administrativo de Cali, ante una acción popular interpuesta por Jhony Molano, miembro de la Liga de Usuarios del MÍO.
Metrocali lo que tiene que evitar es el sobrecupo en todos sus buses: alimentadores, padrones y articulados. Estos automotores venían con unos sensores de sobrecupo que evitaban que arrancaran en caso de pasar el peso y cupo de personas. Eso significa que la gente tenía que bajarse para que el vehículo continuara con su recorrido, pero estos sensores fueron desactivados, explicó Molano.
Añadió que esta misma situación se presentaba en los buses de Transmilenio, de Bogotá. La acción popular se da tras tres años de litigio contra Metrocali y la Alcaldía.
Molano agrega que es fácil activar estos sensores nuevamente, ya que venían en los vehículos desde de fabrica. Funcionan como el sensor de los ascensores. Pitan cuando hay personas de más y el bus no puede seguir su recorrido. Están en todos los buses actuales. Los vehículos no pueden llevar sobrecupo y ordena a la Secretaría de Tránsito realizar los operativos para evitar que esto suceda, explicó.
Añadió que dichos dispositivos tendrían que operar tanto en los buses articulados como en los padrones y alimentadores.
Asimismo, en otros de su apartes la acción popular ampara los derechos colectivos para que el servicio de transporte se preste de manera eficiente y oportuna en las comunas 11, 13, 14, 15 y 21, del oriente de Cali.
Le ordena a Metrocali que establezca los procedimientos para optimizar el servicio y no excusarse en que no hay recursos, precisó Molano.
La medida tiene que aplicar un mes después a la ejecutoria de la sentencia. Es decir, 30 días después del momento en que sean notificados Metrocali, la Secretaría de Tránsito y la Alcaldía de Cali. Yo les comuniqué ayer porque según me informaron no les había llegado, por eso personalmente les envíe la sentencia de la acción popular, añadió Molano.
Según el miembro de la Liga de Usuarios del MÍO, uno de los aspectos importantes de esta sentencia es que ordena a la Secretaría de Tránsito que realice operativos y aplique sanciones a los buses del MÍO si no presentan un servicio eficiente y si tienen sobrecupo.
El País trato de comunicarse con voceros de Metrocali para que se pronunciarán sobre esto hecho, pero no lo hicieron. Sin embargo, por ser un fallo en primera instancia están en condiciones de apelar. Por su parte Juan Carlos Orobio, secretario de Tránsito de Cali, dijo que no conoce la sentencia y que solo se referirá al caso cuando la conozca.