El pais
SUSCRÍBETE

Inicio

Cali

Artículo

Nueva controversia jurídica por financiación de megaobras

Fallo en primera instancia del Tribunal Contencioso Administrativo del Valle declaró nulos dos artículos que autorizaban uso de vigencias futuras para financiar megaobras. Alcaldía apelará.

3 de diciembre de 2014 Por: Elpaís.com.co

Fallo en primera instancia del Tribunal Contencioso Administrativo del Valle declaró nulos dos artículos que autorizaban uso de vigencias futuras para financiar megaobras. Alcaldía apelará.

El Tribunal Contencioso Administrativo del Valle declaró nulos dos artículos de un Acuerdo Municipal que definió el modelo de financiación de las 21 megaobras de Cali.Se trata del Acuerdo Municipal 0241 del 2008, cuyos artículos 23 y 24 determinaron que para ejecutar las megaobras, el Municipio comprometería vigencias futuras excepcionales de los años 2009, 2010, 2011, 2012 y 2013, hasta por el 100% del costo de las mismas.Fue de esta manera como la Administración Municipal logró obtener los recursos para el diseño, estructuración, construcción, dotación e implementación de las megaobras.El Tribunal emitió este concepto al fallar, en primera instancia, una demanda presentada por la abogada Alicia Osorio contra el acuerdo que tramitaron la Administración del entonces alcalde Jorge Iván Ospina y el Concejo Municipal de la época.La abogada Osorio le dijo a El País que el argumento principal sobre el que sustenta su demanda es que en el año en el que se firmó el acuerdo, las vigencias futuras excepcionales estaban autorizadas para los entes del orden nacional y no para las del orden territorial.Además la abogada indicó que hay un antecedente de vigencias futuras que fueron declaradas inconstitucionales por la Sección Primera del Consejo de Estado, al analizar un caso del departamento del Casanare.Según la abogada demandante, al decretar el Tribunal en primera instancia la nulidad de esos artículos, este fallo aplica no sólo para esa primera etapa de las megaobras, que eran indivisibles, sino para la segunda etapa. Por tratarse de un fallo de primera instancia, el mismo aún no está en firme ni tiene efectos directos para los ciudadanos caleños que pagaron las megaobras, por cuanto el Municipio tiene la opción de apelar ante el Consejo de Estado, que deberá decidir si el Tribunal tiene o no la razón."Si el fallo en segunda instancia quedara en firme la Administración Municipal debería devolver la contribución que pagaron los caleños", dijo la abogada Osorio.Al respecto, el director jurídico de la Alcaldía de Cali, Carlos Humberto Sánchez, le explicó a El País que “no es cierto que se haya caído el cobro de las megaobras, porque la nulidad es sólo para dos artículos del acuerdo”.El funcionario anunció que la Administración Municipal apelará el fallo durante los próximos 10 días, plazo que tiene por ley para hacer ese trámite.Añadió que la ley 1483 del 2011 le otorgó facultades a los entes territoriales para comprometer vigencias futuras excepcionales.Las vigencias futuras de las que habla el acuerdo terminaron de ser ejecutadas en el 2013, por lo que la Alcaldía dice que la sentencia del Tribunal se basa sobre hechos ya cumplidos.El Director Jurídico agregó que dentro de la apelación se indicará que hubo un salvamento de voto de la magistrada Luz Elena Sierra Valencia, quien no estuvo de acuerdo con la nulidad de los dos artículos.Cabe recordar que el mismo modelo de financiación lo aplicó la actual Administración para poner en marcha la segunda fase de las megaobras. En agosto del 2013 el Concejo de Cali aprobó en segundo debate el proyecto de acuerdo 040 con el cual se autoriza al Alcalde de Cali a comprometer vigencias futuras excepcionales hasta por el 100% de la contribución de la valorización de los años 2014 al 2017 para financiar esa nueva etapa.

AHORA EN Cali