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El toque de queda que regirá desde este jueves en la ciudad, según advirtieron las autoridades, podría estar acompañado por miembros del Ejército. | Foto: Jorge Orozco - El País

ALCALDE DE CALI

¿Dudas sobre el toque de queda, ley seca y otras medidas en Cali?, aquí las respuestas

Conozca detalles tras estrategias como el pico y cédula diferencial durante el fin de semana hasta decretar la alerta roja en barrios críticos.

17 de julio de 2020 Por: Redacción de El País

La decisión del alcalde de Cali, Jorge Iván Ospina, de decretar la alerta naranja por segunda vez este año en la ciudad y la alerta roja en cinco de las comunas con mayor número de contagios de Covid-19 está acompañada de medidas complementarias de choque que empezarán a aplicarse desde este viernes.

“En Cali la diseminación del brote está en todos los sectores y todas las comunas. Por eso es tan difícil tomar decisiones sectoriales, porque hay un derrame que llega a toda la ciudad... Si los resultados del jueves y viernes son alarmantes, no dudaremos en tomar medida de cuarentena estricta por territorios definidos”, dijo Ospina.

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¿Qué significa la alerta naranja que se decretó en la ciudad?

La medida de alerta naranja significa que toda la ciudad tiene riesgo de contagio, por la circulación del virus y su posible propagación masiva. Esto implica tomar medidas especiales de cuidado y aislamiento. Asimismo, esto indica a los hospitales y clínicas que tengan listo el fortalecimiento que se ha adelantando en la red de salud de la ciudad, pensando en el aumento de los casos de covid. La medida rige por el resto de julio.

¿Qué implicaciones tiene la alerta roja en las comunas con más contagios de Cali?

La alerta roja es un evento inmediato emitido por la Alcaldía de Cali que se declaró para frenar la propagación del coronavirus en las comunas más impactadas de la ciudad y, de paso, evitar una mayor demanda de camas UCI. La medida cobija las comunas 5, 10, 15, 16 y 21. Esta declaratoria va de la mano con una intervención en estas zonas, donde habrá vigilancia epidemiológica permanente, testeo masivo a sus habitantes, actividades pedagógicas y de cultura ciudadana, jornadas de desinfección.

¿Hay ley seca?

Sí. Desde las 8:00 p.m. de hoy y hasta las 6:00 a.m. del próximo martes estará prohibida la venta y consumo de bebidas embriagantes en toda la ciudad.

¿Hay toque de queda?

Sí, desde este viernes operará esta restricción en toda la ciudad. Por esto, desde las 8:00 p.m. de hoy hasta las 6:00 a.m. del sábado nadie podrá estar en las calles. El mismo horario aplica para el sábado, domingo y lunes. El toque de queda termina a las 6:00 a.m. del martes 21 de julio.

¿Cuáles son las multas para quienes no cumplan el toque de queda?

Se aplicarán multas contempladas en el Código de Policía, que oscilan entre 4 y 32 salarios mínimos diarios ($117.040 a $936.320).

¿Hay exenciones durante el toque de queda?

Sí, hay once excepciones para labores esenciales que pueden operar durante la restricción. Entre ellas se cuentan las personas dedicadas a la prestación de servicios administrativos, operativos o profesionales de los servicios de salud; quienes se dediquen al cuidado institucional o domiciliario de personas con condiciones médicas o animales; personal dedicado al orden público, seguridad y atención sanitaria. Asimismo, personal de mensajería, de entrega a domicilio, miembros de medios de comunicación; personas que deban atender asuntos de fuerza mayor o de extrema necesidad; personal de las cadenas de suministro de alimentos básicos; organismos de socorro, servicios públicos, de seguridad privada; transporte, suministro y distribución de combustibles; servicios funerarios; personal del MÍO; personal que labora en empresas con procesos productivos 24/7.

¿Sigue vigente el pico y placa?

La restricción para vehículos particulares continúa vigente. Recuerde que rige de lunes a viernes entre las 6:00 a.m. y 10:00 a.m. y de 4:00 p.m. a 8:00 p.m. Solo están exentos los vehículos particulares y oficiales de los servidores públicos y del personal de servicios de salud, suministros farmacéuticos y médicos.

¿Qué horarios hay para practicar deporte?

Las personas entre los 18 a 69 años pueden hacer actividad física al aire libre de lunes a viernes de 6:00 a.m. a 9:00 a.m. y/o de 6:00 p.m. a 9:00 p.m.; sábados, domingos y festivos, de 6: a.m. a 9:00 a.m. Las personas mayores de 70 años pueden ejercitarse al aire libre todos los días, por espacio de dos horas. Los niños mayores de seis años pueden hacer ejercicio tres veces a la semana, una hora al día, entre las 4:00 p.m. y 6:00 p.m. Los niños entre dos y cinco años pueden salir tres veces a la semana durante media hora al día.

¿Hay alguna exigencia para practicar deporte al aire libre?

Todas las personas que desarrollen actividades deportivas al aire libre están obligadas a tramitar y registrar ante el Departamento Administrativo de Tecnologías de la Información y las Comunicaciones (Datic) el pasaporte sanitario del Deporte, la Recreación y la Actividad Física. El documento debe portarse de manera física o digital y puede ser requerido por las autoridades.

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