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Despeje sus dudas sobre la nueva licencia de conducción en Colombia

Expertos del Centro de Diagnóstico Automotor del Valle explican que las licencias actuales siguen vigentes. Revise su categoría.

3 de julio de 2013 Por: Redacción de El País

Expertos del Centro de Diagnóstico Automotor del Valle explican que las licencias actuales siguen vigentes. Revise su categoría.

Los conductores que tengan sus licencias de conducción vencidas comenzarían a ser sancionados desde el próximo 15 de julio, según las autoridades de tránsito de Cali. Por eso, para que evite pagar $157.200 (ocho días de salario mínimo vigente) que genera el manejar con documento vencido, resolvemos algunas preguntas básicas para que realice este trámite a tiempo. El País consultó a los encargados de expedir la licencia en Cali en el Centro de Diagnóstico Automotor, quienes explicaron que no es obligatorio cambiar la actual por la nueva inmediatamente, pues las existentes seguirán vigentes, siempre y cuando no estén ya vencidas. Cuál es el trámite para renovar mi licencia de conducción?Primero debe acercarse a un centro de reconocimiento habilitado por el Ministerio de Transporte para que le realicen el examen médico donde verifican sus condiciones físicas, síquicas y motrices. El centro de reconocimiento envía el resultado de este examen al sistema Runt. También debe dirigirse al organismo de tránsito para realizar la renovación. Allí le tomarán la foto y le indicarán el valor a pagar.Finalmente, luego de validar su identificación y que se encuentre a paz y salvo con las multas y comparendos, le expiden su nueva licencia de conduccción. ¿Desde cuándo se expedirá la nueva licencia y cuáles son los cambios?Desde el 15 de julio se comenzará a tramitar. Los cambios son especialmente en el aumento de las medidas de seguridad, las cuales ahora son similares a las de la cédula (ver foto). También, que se podrán tramitar varias categorías y todas quedarán en el mismo documento.Entonces, ¿en julio tengo que cambiar mi licencia por la nueva?No necesariamente. Depende del caso: de la categoría de su licencia y de si tiene o no fecha de vencimiento. ¿Qué pasa si mi licencia actual no tiene fecha de vencimiento?Si su licencia dice “indefinida” o no tiene fecha de vencimiento, es porque su categoría es para conducir vehículo particular (B1, B2 o B3). Antes del 2012, las licencias de este tipo no caducaban, una persona podía tener esta licencia de por vida y no había problema.Desde el año pasado, estas licencias sí caducan. Su vigencia es de diez años. Así que si usted tiene una de estas categorías, tiene plazo para cambiarla hasta el 2022 (cuando se cumplen los diez años desde que entró en vigencia la ley que le pone tiempo de caducidad).¿Y si mi licencia actual tiene fecha de vencimiento?Quiere decir que es para conducir vehículos de transporte público y por ende caduca cada tres años. Esto indica que es de categoría C1, C2 o C3 (antes categorías 4, 5 y 6). Si todavía tiene vigencia, no hay ningún problema: usted debe renovarla en la fecha indicada en la parte inferior del documento, en donde dice ‘vencimiento’. No es necesario que la cambie en julio, porque seguirá vigente hasta la fecha que esté ahí indicada. No obstante, si usted la tiene vencida, es preciso que la renueve lo más pronto posible, ya que en caso de que las autoridades lo detengan conduciendo con este documento podrían sancionarlo. Incluso, puede sacarla antes de julio: el documento tendrá validez, independientemente de que en ese mes salga el nuevo. Otro de los riesgos que corre si no la renueva ya es que, si tiene un accidente en el vehículo, la aseguradora podría no asumir los gastos, argumentando que usted no tenía una licencia válida a la hora del incidente. Pero si yo solo conduzco vehículo particular no importa que tenga la licencia vencida, ¿o sí?Sí importa. Lo pueden sancionar, aunque no esté conduciendo vehículo de transporte público. Lo que se aconseja es que cambie la categoría de su licencia, por una B1, B2 o B3, que es para vehículo particular. Al hacer esto, la vigencia de su documento será por diez años y no tres, como la que tiene hoy en día. Finalmente, si usted no conduce vehículo de servicio público, no hay razones para conservar el documento con esa categoría.Mucha gente no pidió licencia de servicio público, pero se la dieron así...Esto sucede por varias razones. Una, que utilizó un tramitador y este se la dio a propósito para que tenga que renovarla cada tres años y así tener un cliente fijo. También algunas escuelas de conducción suelen darlas en esta categoría. Otra es que existe el mito de que si se tiene esta categoría, la persona tiene más experticia en la conducción, lo cual es falso. Se estima que la mitad de los conductores de vehículos particulares tienen este tipo de licencia. La mayoría la tienen vencida. ¿Qué pasa si soy mayor de 60 años?Esta es una de las excepciones para la vigencia de las licencias. Si es mayor de esta edad y su documento no tiene fecha de expiración, tiene plazo hasta el 2017 para renovarla (cinco años a partir de que entró en vigencia la ley). Si usted es mayor de 80 años, su licencia vence cada año, así que es preciso que la renueve. Si es mayor de 60 años y su licencia tiene fecha de caducidad, o sea, es para servicio público, debe renovarla cada año.¿Que pasa si conduzco motocicleta?Aplican las mismas condiciones que para la licencia para vehículo particular. Es decir, estará vigente hasta el 2022.Si tengo la licencia vigente, pero en mal estado, ¿debo cambiarla?Es lo más aconsejable. En este caso puede esperar a julio para tramitar el nuevo documento.

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