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Actualmente Cali cuenta con 44 equipos de fotodetección, de los cuales cuatro son portables (móviles). Según la Alcaldía, se hicieron estudios para su ubicación. | Foto: Jorge Orozco / El País

MOVILIDAD

Cámaras de fotomultas tendrán nuevas reglas para operar en enero, entérese

MinTransporte socializa nuevas reglas para los sistemas de fotodetección. En enero entrarán en vigencia.

13 de diciembre de 2017 Por: Redacción de El País 

A un mes de que queden listos los nuevos criterios para poner en regla la operación de las fotomultas en el país, el Ministerio de Transporte está socializando el proyecto de resolución para que los interesados puedan hacer observaciones.

El viceministro de esa cartera, Alejandro Maya, recordó que el pasado 14 de julio se expidió la Ley 1843 de 2017 por medio de la cual se regula la instalación y puesta en marcha de los sistemas de fotodetección de infracciones, en la cual se fijaba un plazo de seis meses, que se cumplirá el próximo 14 de enero, para tener lista la reglamentación y que entre en vigencia.

“La norma fue pensada en el usuario porque lo que se venía presentando era una queja muy reiterada, en la medida en que se sentían atropellados y abusados por parte de estos elementos, que eran instalados con el propósito de recaudar recursos y no de contribuir a la seguridad vial, no queremos fotomultas instaladas en sitios donde nunca se presentan accidentes de tránsito pero donde sí sorprenden al colombiano”, manifestó Maya.

Por su parte, el secretario de Movilidad de Cali, Juan Carlos Orobio, aseguró que las fotomultas instaladas en la ciudad tuvieron estudios para determinar su ubicación y todas “se colocaron por temas de seguridad vial”.

“Nosotros habíamos hecho observaciones (a la reglamentación) pero eso solo lo puede divulgar el Ministerio”, expresó Orobio.

Estos son algunos de los puntos claves que deben tener en cuenta los usuarios de las vías sobre cómo operarán las nuevas fotomultas:

Aprobación del Ministerio

Antes de instalar y poner en operación nuevas fotomultas, las autoridades de tránsito deberán contar con la autorización del Ministerio de Transporte, previa aprobación de un estudio de viabilidad por parte de la Agencia Nacional de Seguridad Vial. Dicho estudio deberá contener, entre otras cosas, un diagnóstico de seguridad vial de la zona, análisis de riesgo e información sobre contravenciones. “Este tipo de reglamentación incentiva a que se dé mejor uso de la tecnología para la seguridad vial, no para el lucro y empieza a cerrar la puerta de todas las instancias que no tenían la idoneidad ni condiciones para prestar el servicio”, dijo James Gómez, director de Urbavial, firma consultora en temas de movilidad.

Señalización pertinente

La norma establece que se deberán instalar señales visibles informativas que adviertan que la zona está vigilada por sistemas de fotodetección. Esto aplica para las fotomultas móviles y fijas. Dichas señales se ubicarán mínimo 500 metros antes de la zona controlada y cumplirán con lo establecido en el Manual de Señalización Vial.

“Esta señalización es necesaria para que la gente disminuya la velocidad, porque lo que queremos es bajar la accidentalidad, no queremos que se siga sorprendiendo a los colombianos detrás de los árboles, simplemente con el ánimo de generar una infracción para poder recaudar un recurso”, recalcó el viceministro de Transporte.

Comparecencia podrá ser virtual

Otro de los componentes fundamentales en la nueva reglamentación de las fotomultas es que quienes operen estos sistemas deberán implementar mecanismos electrónicos que permitan la comparecencia (presentarse a la autoridad) a distancia del presunto infractor.
“Independiente del lugar donde se encuentre, el ciudadano podrá hacer presencia virtual frente al proceso contravencional”, dijo Maya.

Entre otras cosas, el viceministro añadió que los equipos empleados para la detección de infracciones deberán tener una calibración de acuerdo a las normas que defina el Instituto Nacional de Metrología. “Esto va a garantizar que si una fotomulta le dice que va a 60 kilómetros es porque realmente está certificado”, afirmó.

“Recaudo para privados no puede ser superior al 10 %”

El viceministro de Transporte destacó que la Ley 1843 determina que las fotomultas no podrán remunerar a la inversión privada con un porcentaje superior al 10 % del recaudo. “Hoy encuentras fotomultas en el país donde los operadores privados se quedan con el 60 % o 70 % del recaudo y lo que buscamos con la ley es que las fotomultas dejen de ser un negocio”.

En Cali, el Centro de Diagnóstico Automotor del Valle, Cdav, tiene un convenio con el gobierno local para operar el registro municipal automotor y el de infractores, que incluye las cámaras de fotodetección.
De lo que se recauda, el 56 % es para la Secretaría de Movilidad, el 34 % para el Cdav y el 10 para el Simit (Sistema Integrado de Información sobre Multas). Sin embargo, Carlos Santacoloma, gerente del Cdav aseguró que los excedentes no superan el 10 % y señaló que la entidad que dirige está conformada en un 90 % por entes públicos.

“Por poner un ejemplo, cuando entran $100, de los $34 que le corresponden al Cdav alrededor de $25 se destinan a la operación, entonces lo que nos queda son $9”, indicó Santacoloma.

Sobre el tema, el secretario de Movilidad, Juan Carlos Orobio, dijo que el contrato con el Cdav está vigente hasta el 2023 y añadió que “hay que mirarlo jurídicamente en filigrana porque la ley dice que no es retroactiva”. 

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Fotomultas actuales

Sobre las fotomultas que ya están operando, la Ley establece que tendrán un plazo de 180 días, después de que entre en vigencia la reglamentación, para tramitar su autorización. En caso de no obtenerla en ese tiempo deberán suspender su operación.

”Habrá que hacer ajustes graduales, pero hoy en día operamos muy atemperados a lo que dice la Ley”, dijo, Carlos Santacoloma, gerente del Cdav.

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