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El coronel Fabián Ospina, comandante (e) de la Policía Metropolitana, afirmó que la institución ya empezó a realizar los operativos y hará un reporte cada 24 horas. En los seis meses de vigencia de la medida se hará una evaluación mensual en el Comité de Convivencia del Municipio. | Foto: Ricardo Ortegón / El País

PARRILLERO

¿Logrará la Policía cumplir la prohibición del parrillero hombre en Cali?

Desde este enero, el control a esa infracción es una tarea de la Policía con el fin de disminuir hurtos y atentados sicariales. Pero, ¿se cumple en Cali esta restricción?

13 de enero de 2019 Por: Alda Livey Mera Cobo / reportera de El País 

Los 213 homicidios y el 63 % de los hurtos que se cometieron en motocicleta con pasajero en Cali durante 2018, llevaron a las autoridades a tomar la decisión de transferir a la Policía Metropolitana la responsabilidad de hacer cumplir prohibición del parrillero hombre.

La medida la venía aplicando la Secretaría de Movilidad, pero las condiciones de inseguridad llevaron a la Alcaldía a otorgarle el control a la Policía.

Pablo Uribe, subsecretario de Política de Seguridad de Cali, explicó a El País que la decisión de dar a la Policía el control del parrillero hombre se tomó debido a que esa modalidad de transporte fue la más utilizada por los criminales para cometer actos de sicariato y atracos. “La justificación de la norma es de seguridad ciudadana, luego las funciones de hacerla cumplir recaen en la Policía”, especificó.

El funcionario comentó que pasarla a la Policía significa “romper un cuello de botella, porque los agentes de tránsito no tienen armas y si no estaban amparados con un policía para garantizarles su seguridad, muy rara vez iban a imponer un comparendo”.

Dificultades que tanto Tránsito como la Policía habían expresado hace tiempo, dijo Pablo Uribe. Víctor Hugo Vallejo, abogado experto en tránsito, coincide en que el cambio de imposición del comparendo “obedece a razones de seguridad, pues los guardas de tránsito son agentes desarmados”.

“En el día a día era difícil de hacerla cumplir”, admitió Uribe; “ellos (Tránsito) tenían que llamar a un policía y era más difícil imponer un comparendo porque había que coordinar dos instituciones. Ahora, cuando recae en una sola entidad se hace mucho más fácil hacer efectiva la norma y así prevenir delitos”, añadió.

En efecto, el secretario de Movilidad, Juan Carlos Orobio, aclaró que el decreto anterior (junio 30 de 2017) otorgaba el control del parrillero hombre al cuerpo de agentes de tránsito como autoridad competente para ejercerla, en virtud de que la motivación de la medida era la prevención de la accidentalidad, o sea seguridad vial.

Pero el decreto del 4 de enero de 2019 es muy claro al decir que la motivación de la medida es prevenir el delito, como homicidio y hurto, es decir, seguridad ciudadana, y el organismo que debe velar por la prevención de los delitos que comprometen esa seguridad ciudadana es la Policía Nacional. Por eso, el cuerpo de control para ese decreto es la Policía”, argumentó Orobio.

Por su carácter preventivo, la medida ayudaría a controlar los delitos, mientras que la Secretaría de Movilidad se puede enfocar en sancionar otras infracciones que cometen los motociclistas, causantes del 42,9 % de la accidentalidad en 2018: de los 13.791 siniestros de tránsito en Cali, en 5920 hubo una moto involucrada, con saldo de 4535 lesionados y 137 muertos, 16 de ellos parrilleros, según estadísticas de la Secretaría de Movilidad.

El nuevo decreto está amparado en el Código Nacional de Policía, que faculta a los alcaldes para emitir normas contra comportamientos contrarios a la convivencia, explicó el coronel Fabián Ospina, comandante (e) de la Policía Metropolitana de Cali y por lo tanto, “el decreto es una orden de Policía y para cumplirla se aplicará el artículo 35 del Código Nacional de Policía”.

Diez capacitadores de la Policía Metropolitana acudieron la semana pasada a las 22 estaciones de Policía de Cali para dar las instrucciones a los comandantes y a los agentes de los 344 cuadrantes, sobre cómo llenar el comparendo que sanciona al parrillero hombre en motocicleta, según nuevo decreto expedido por la Alcaldía de Cali el pasado 4 de enero.

En opinión del coronel Ospina, “es una buena medida de prevención policiva, (el parrillero hombre) se refleja en los delitos de sicariato, homicidio y hurto. Ahora habrá más control y mayor nivel de exigencia a las patrullas, estamos en la socialización del decreto, pero las acciones serán contundentes”.

El procedimiento comprenderá la requisa, identificación de conductor y pasajero y verificación de antecedentes judiciales y de edad, para saber si el parri- llero es mayor de 14 años. Si a uno o a ambos les aparecen antecedentes o si portan un arma o elemento que atente contra la seguridad ciudadana, la Policía optará por la vía penal, es decir, hará la captura e inmovilizará la moto, porque hay un delito conexo, y se pondrá en manos de la autoridad judicial.

De lo contrario, el infractor se debe presentar con el comparendo en los primeros tres días hábiles a una Inspección de Policía (funcionario del Municipio) ubicada en los CALI. Según la versión del infractor, el Inspector ratifica o revoca la sanción y tasa la multa. Si la paga en los primeros 5 días hábiles, recibirá el 50 % de descuento y hará curso pedagógico.

El comparendo se impone contra el conductor de la moto, sea o no el propietario, por permitir una conducta restringida. La Policía tiene 24 horas para subir la información a la plataforma virtual del Registro Nacional de Medidas Correctivas del Código Nacional de Policía, dijo el intendente Luis Eusebio Araque Gómez, de la Oficina Jurídica de Seguridad y Convivencia de la Policía Metropolitana de Cali.

La motociclista Paola Sánchez, presidenta del Club Pulsar Fénix de Cali, expresó a El País que los moteros en su club “siempre hemos estado de acuerdo con la medida, ya estamos acostumbrados a que no hay parrillero hombre, no queremos que nos pongan el copiloto, pero no sé si la Policía la haga efectiva” y añadió que con la que nunca han estado de acuerdo es con la restricción de transitar en la madrugada.

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En cambio, el motociclista Dummer Coral dijo que los usuarios de este modo de transporte tienen que pagar los platos rotos de la inseguridad en la ciudad, con una medida que se dijo sería temporal, pero que ya lleva diez años. “Acatamos la norma, la respetamos, pero no estamos de acuerdo con ella, independientemente de si la impone la Policía o Tránsito, porque se nos niega la posibilidad de transportar a nuestros familiares; en muchas reuniones hemos explicado que una moto es para transportar dos personas y que así, contribuiríamos mucho a mejorar la movilidad de la ciudad”, dijo Dummer.

A la pregunta de si se sentía más tranquilo de que le hubiesen quitado “ese piano de encima”, Orobio respondió que “esto no es una pelea de competencias, todas las autoridades deben trabajar de manera armónica para que esos comportamientos sean controlados por la autoridad que le corresponde, pero debe haber colaboración interinstitucional”.

Añadió que así como la Policía llama a los guardas de tránsito cuando se trata de violaciones a la norma de tránsito, cuando Movilidad observe un parrillero hombre, le corresponde llamar a la Policía para que imponga el comparendo.

Para el abogado Vallejo, la nueva norma debe cumplirse sí o sí. “De no hacerlo, el Estado puede llegar a ser responsable por omisión del deber legal de sus agentes de Policía de ese control, por los hechos dañinos que llegaren a ser cometidos por parrilleros hombres”, sentenció.

¿Quiénes están exentos de la medida?

La restricción de parrillero hombre mayor de 14 años en motocicleta no aplicará para el personal de la Fuerza Pública, organismos de Seguridad del Estado, Policía Judicial, autoridades de Tránsito y Transporte, entidades de emergencia y socorro, prevención y salud; instructores de escuelas de enseñanza, personas con discapacidad y personal de empresas de seguridad privada.

El nuevo decreto eliminó la excepción a empresas de servicio público, dado que en 2018 hubo una creciente denuncia de la ciudadanía reportando delincuentes suplantando personal de empresas de servicios para cometer hurtos en residencias y empresas. “Por eso debíamos ajustar ese aparte del decreto, la restricción del parrillero hombre siempre estuvo vigente, solo se ajustó esta excepción que ya no se contempla en el nuevo decreto", explicó Pablo Uribe, subsecretario de Política de Seguridad de la Alcaldía.

Otras infracciones

La del parrillero hombre no es la única infracción que cometen los motociclistas que está en la mira de las autoridades. Las otras han venido al alza: en 2018 fueron 384.773, con un incremento del 8,7 % (+30.921 casos) con respecto a 2017 (353.852) y del 35,0 % (+99.773 casos) con respecto a 2016 (285.000).

La falta más recurrente en 2018 fue transitar por sitios restringidos (andenes, carril del MÍO o ciclorruta), u horas prohibidas (de 1:00 a.m. a 5:00 a.m. de jueves a domingo) con 64.319 casos. Le sigue no tener la revisión técnico-mecánica (C35) con 59.186 casos. La tercera infracción fue el exceso de velocidad con 54.287 casos, con un gran incremento frente a las de 2017, cuando se registraron 29.996. 42.001 comparendos hubo por ‘conducir motocicleta sin observar las normas establecidas en el Código Nacional de Tránsito’ (C24), en la que se incluía la sanción a parrillero hombre, pero que al mezclarse con otras no especificaba cuántos. Conducir sin licencia de conducción (31.599 casos) o sin el Soat (19.648), siguen; no acatar las señales de los agentes de tránsito (16.775), estacionar en sitios prohi- bidos (13.844, pasar el semáforo en rojo o un pare (10.512) y 9.184 por transitar sin placas.

Artículo 35, CNP

La sanción se impondrá aplicando el Artículo 35 numeral 2, del Código Nacional de Policía alusivo a comportamientos que afectan las relaciones entre las personas y las autoridades: 1. Irrespetar a las autoridades de Policía. 2. Incumplir, desacatar, desconocer e impedir la función o la orden de Policía. 3. Impedir, dificultar, obstaculizar o resistirse a procedimiento de identificación o individualización, por parte de las autoridades de Policía.

La multa será de 32 salarios mínimos diarios legales vigentes o hasta de $1.688.882 (2 SMLV).

El decreto ordena la restricción de circulación del acompañante hombre en motocicleta mayor de 14 años durante las 24 horas de los 7 días de la semana en los próximos 6 meses.

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