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Procuraduría destituye por 12 años al exalcalde de Jamundí, Jorge Eliércer Aragón

En decisión de primera instancia, la Procuraduría sancionó al exalcalde por irregularidades en la ejecución incompleta de obras de acueducto y alcantarillado.

27 de abril de 2016 Por: Elpaís.com.co

En decisión de primera instancia, la Procuraduría sancionó al exalcalde por irregularidades en la ejecución incompleta de obras de acueducto y alcantarillado.

Mediante fallo de primera instancia, la Procuraduría General de la Nación destituyó e inhabilitó por 12 años a Jorge Eliécer Aragón Mafla, exalcalde de Jamundí, Valle.

Esto por las irregularidades derivadas de la ejecución incompleta de las obras de  construcción, modificación y mejoramiento de las redes de acueducto y alcantarillado en la zona rural del mencionado municipio.

El Ministerio Público estableció que el mandatario suscribió el mencionado contrato, (cuya ejecución no se llevó a cabo en su totalidad) con recursos obtenidos como resultado de un contrato de crédito celebrado con Alianza Fiduciaria S.A. por $8.778.147.397, en virtud del cual el exalcalde se comprometió a invertir los recursos  en proyectos de acueducto y saneamiento básico.

La Procuraduría advierte además que para garantizar el pago del contrato de crédito y sesión de derechos fueron pignorados los ingresos provenientes del Sistema General de Participaciones destinados para agua potable y saneamiento básico a 19 años.

Se estableció que el exmandatario desconoció la planeación contractual, hecho que incidió en la ejecución de las obras, pues “para la fecha  que terminó su mandato (31 de diciembre de 2011) no se habían legalizado los lotes donde se construirían los sistemas de tratamiento de aguas residuales”.     

La falta fue calificada como gravísima a título de dolo, pues el señor Aragón Mafla sabía que para cumplir con la obligación contractual era necesario contar con los lotes, licencias y permisos para la ejecución de las obras señaladas en el convenio suscrito.  

Contra esta determinación disciplinaria de primera instancia, el exalcalde puede proceder al recurso de apelación.  

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