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Investigan al Concejo de Candelaria

De acuerdo con una demanda, habrían cometido irregularidades en el nombramiento del personero Daniel Mina. Edil es aseguran que se obró de acuerdo a la ley.

26 de julio de 2010 Por: Miguel Londoño | Palmira Hoy

De acuerdo con una demanda, habrían cometido irregularidades en el nombramiento del personero Daniel Mina. Edil es aseguran que se obró de acuerdo a la ley.

La Procuraduría Provincial del Valle del Cauca abrió investigación en contra del Concejo de Candelaria por presuntas irregularidades en la elección del personero municipal en enero de 2008.El caso está relacionado con la queja que presentó a principios de ese año la Veeduría Ciudadana Candelaria Honesta, a través de la cual se argumentó que “la elección del Eric Daniel Mina Tobar se hizo de manera irregular y en contravía de la Ley y la Constitución”, al igual que la de Gloria Gallego Lennis, quien lo reemplazó cuando fue separado de su cargo.De acuerdo con el abogado demandante Guillermo Gómez, adicionalmente se posesionó a un concejal sin cumplir con los requisitos legales, pues no se justificaba su reemplazo en el Concejo porque no había falta absoluta o ausencia total, pues quien se retiró simplemente presentó una incapacidad para no sesionar.En cuanto a la nulidad del personero Mina Tobar, el demandante explicó que ésta se dio porque no cumplió con los requisitos formales que la Ley ordena. El presidente del Concejo, Carlos Valencia, argumentó que “se obró en uso del reglamento interno de la Corporación”. Asimismo, dijo que la decisión de nombrar una personera en reemplazo de quien debió abandonar el cargo, se hizo obedeciendo la norma porque no se podía dejar el puesto acéfalo. “Todo es una persecución política del demandante quien aspiraba a personero y solo obtuvo un voto”, aseguró Valencia.Sobre el particular, el jurista respondió que “no es persecución política hacia el Concejo porque lo que hice fue denunciar y defender los derechos de la comunidad para que se le respete”. El concejal Wilson Re”ngifo coincidió en afirmar que tras la destitución del personero titular del municipio no se podía dejar el organismo vigilante de los derechos humanos sin dirección y por eso se procedió a la elección de una persona temporalmente.

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