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Epsa tendría que indemnizar a comunidad del río Anchicayá por daños ambientales

La Corte Constitucional declaró nula una sentencia del año 2012, lo que abre las puertas para que la comunidad del río Anchicayá reciba la indemnización de la Epsa por el vertimiento de lodos que ocasionaron una emergencia ambiental en el 2001.

27 de abril de 2015 Por: Redacción de El País

La Corte Constitucional declaró nula una sentencia del año 2012, lo que abre las puertas para que la comunidad del río Anchicayá reciba la indemnización de la Epsa por el vertimiento de lodos que ocasionaron una emergencia ambiental en el 2001.

Luego de 14 años de litigio entre la comunidad afrodescendiente del río Anchicayá, en Buenaventura, y la Empresa de Energía del Pacífico, Epsa, por los daños ambientales causados a la población en el año 2001, la Corte Constitucional declaró nula la sentencia T-274 del 2012, lo que abre las puertas a que esa comunidad reciba la indemnización que ha venido solicitando. Lea también: Tras vertimiento de sedimentos, río Anchicayá clama por una mirada de las autoridades

El caso se remonta al 2001 cuando se arrojaron al río más de 500.000 metros cúbicos de lodos acumulados en la represa del Bajo Anchicayá, causando un desastre social y ambiental, según lo confirmaron en su momento entidades como el Ministerio del Medio Ambiente que en la resolución 556 de 2002 concluyó que la Epsa era la responsable del daño ocasionado.

El lodo que cayó al río acabó con las diferentes formas de vida, con múltiples especies endémicas que propiciaban la alimentación y parte de la comercialización de los productos pesqueros, sin contar que el agua se usaba para consumo humano y de ella dependían unas 6.000 personas.

Un largo camino

Ante esa situación, la comunidad interpuso acciones legales y obtuvo varios fallos a su favor como el del Tribunal Administrativo del Valle, que en segunda instancia ordenó a la Empresa de Energía del Pacífico indemnizar a las familias afectadas en el 2001.

Pero la Epsa interpuso una tutela en contra de esa decisión y el caso fue analizado en el Consejo de Estado que en dos ocasiones negó las pretensiones de la compañía.

Sin embargo, Epsa acudió a la figura de revisión eventual de tutelas que hace la Corte Constitucional, donde se revisó el caso, y según el abogado de la comunidad, Germán Ospina, de manera irregular la Corte Constitucional aceptó la tutela y tumbó con la sentencia T-274 del 2012, el fallo del Tribunal Administrativo que le daba la razón a las comunidades y que ordenaba la millonaria indeminización.

Destacó Ospina que como última instancia se acudió a una nueva alternativa como fue pedir que la propia Corte Constitucional revisara ese fallo y se logró “algo que genera precedente, pues la Alta Corte declaró nulo su propio fallo, lo que ahora deja en firme la sentencia del Tribunal Administrativo del Valle del 2009”, el cual le da la razón a las comunidades.

Esta noticia la dio a conocer la Corte Constitucional, a través de un espacio de preguntas y respuestas realizado la semana pasada donde dice que que “dicho incidente fue a su vez decidido por la Sala Plena en la sesión del 16 de abril de 2015, en el sentido de declarar la nulidad de la Sentencia T-274 de 2012”.

Explica el abogado Ospina que se espera la expedición de un auto donde confirmen esa nulidad.

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