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Corte ordena reabrir proceso por contaminación ambiental en Anchicayá

El caso involucra a Epsa y a la comunidad que se vio afectada por la acumulación de lodos que cayeron al río Anchicayá, causando graves problemas sociales y ambientales. La Epsa dijo que confía en el análisis que realizará el Consejo de Estado al respecto.

10 de noviembre de 2015 Por: Colprensa

El caso involucra a Epsa y a la comunidad que se vio afectada por la acumulación de lodos que cayeron al río Anchicayá, causando graves problemas sociales y ambientales. La Epsa dijo que confía en el análisis que realizará el Consejo de Estado al respecto.

La Corte Constitucional le ordenó al Consejo de Estado que reabra un largo proceso judicial que involucra a la Empresa de Energía del Pacífico, Epsa E.S.P y a la comunidad afectada por los trabajos de mantenimiento de la represa de la central hidroeléctrica de la ribera del bajo del Río Anchicayá en el Valle del Cauca.Aunque la decisión se había tomado en abril, solo hasta este martes la Corte hizo públicos los pormenores de la decisión. Así, en primer lugar, anuló un fallo que la propia Corte había tomado en 2012 en el que se ‘tumbó’ la orden del Tribunal Administrativo del Valle de indemnizar a las víctimas. Así las cosas, la Corte dejó todo el proceso en su estado original y ratificó por ahora la sentencia del Tribunal del 7 de septiembre de 2009 que ordenó la indemnización colectiva a la comunidad afectada por los trabajos de mantenimiento. Según la explicación oficial también se ordenó a la Sección Tercera del Consejo de Estado que estudie una acción de revisión (que ya había sido archivada) contra el fallo del Tribunal, por lo que este proceso tendrá un nuevo ‘round’. No obstante, los magistrados Jorge Iván Palacio Palacio y Luis Ernesto Vargas Silva manifestaron en su salvamento de voto que la Corte no ha debido ordenar reabrir un proceso que ya fue archivado por el Consejo de Estado en su etapa de revisión, sino asumir directamente el caso y emitir una decisión sobre los derechos de dicha población. “Con la orden de desarchivar la revisión por el Consejo de Estado continuar con el proceso, consideran los magistrados disidentes, se somete a la población afectada a un nuevo aplazamiento en la ejecución del fallo de la acción popular que los favoreció y a una indefinición que se prolongará en el tiempo sin conocer cuál será la decisión final”, señaló la Corte. 

Al respecto, la Epsa, en un comunicado publicado en la página web de la Superfinanciera, dijo que la compañía confía en el análisis que realizará el Consejo de Estado al respecto, y que así mismo espera se adopten medidas de protección necesarias para “una adecuada estimación de la indemnización basada en criterios objetivos y con rigor científico, velando por el debido proceso de Epsa, donde entre otros, participan accionistas de naturaleza pública”.

En el comunicado se hace hincapié en que hubo acompañamiento permanente de la Procuraduría  y la Defensoría del Pueblo, previo a la sentencia SU-686 de 2015. “Se han realizado algunos consejos comunitarios en el Bajo Anchicayá, con base en los parámetros de reparación de los jueces colombianos, en igualdad de trato para los consejos, que entre otras, permiten superar algunas de las inequidades contenidas en la sentencia original”.

Este proceso se remonta al 2001 cuando se arrojaron al río más de 500 mil metros cúbicos de lodo acumulados en la represa del Bajo Anchicayá, causando un desastre social y ambiental, según lo confirmaron en su momento entidades como el Ministerio del Medio Ambiente que en la resolución 556 de 2002 concluyó que la Epsa era la responsable del daño ocasionado. El lodo que cayó al río acabó con las diferentes formas de vida, con múltiples especies endémicas que propiciaban la alimentación y parte de la comercialización de los productos pesqueros, sin contar que el agua se usaba para consumo humano y de ella dependían unas 6 mil personas. 

 

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