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"Una cosa es silenciar los fusiles y otra construir paz": Alfredo Beltrán

El exmagistrado Alfredo Beltrán dice que el plebiscito no es la única manera con la que se pueden refrendar los acuerdos con las Farc. “Colombia avanza hacia una sociedad liberal, pero nos falta muchísimo más”, agrega.

21 de marzo de 2016 Por: Olga Lucía Criollo, reportera de El País

El exmagistrado Alfredo Beltrán dice que el plebiscito no es la única manera con la que se pueden refrendar los acuerdos con las Farc. “Colombia avanza hacia una sociedad liberal, pero nos falta muchísimo más”, agrega.

Si el plebiscito no se avala en la Corte Constitucional, no pasa absolutamente nada, porque el Presidente de la República, en virtud de ser el Jefe del Estado, puede perfectamente restablecer el orden público y adoptar las  medidas necesarias para ello  y para eso tiene la Ley de Orden Público, la  418 y sus modificaciones”. 

Con estas palabras, el exmagistrado Alfredo Beltrán Sierra intenta bajarle el tono a la “tormenta” que implicaría la no aprobación del plebiscito por parte de la Corte Constitucional, pese a que reconoce que implicaría un costo político para el presidente Juan Manuel Santos en su propósito de sacar adelante el acuerdo de paz con las Farc. 

En el marco de la quinta Cumbre Nacional por la Paz, adonde estuvo invitado por la Universidad Libre de Cali, quien se erigiera como defensor de la Carta Magna cuando ese Tribunal discutió la reelección presidencial, también habló con El País sobre la implementación de la reforma de Equilibrio de Poderes y otros aspectos relacionados con las negociaciones en La Habana.         

Usted ha dicho que la paz real es el cumplimiento de los derechos humanos de los colombianos. Desde esa perspectiva, ¿cómo analiza el actual proceso de paz entre el Gobierno Nacional y las Farc? 

El proceso de paz, como se convino, es para ponerle fin al conflicto armado, pero una cosa es silenciar los fusiles y otra construir la paz, porque la paz requiere una política social real, que permita a los colombianos tener la plenitud de sus derechos. Esos derechos implican que la libertad no sea de mentiras, sino real y para eso hay que tener pleno empleo, trabajo para las personas, garantizar la salud, la educación, los derechos de la mujer y proteger los derechos de los niños. 

También hay que hacer una redistribución del ingreso, repartir tierras, dar crédito a los colombianos, es decir, cuando esos derechos permitan la dignidad y la libertad reales, podremos decir que hay paz, mientras tanto no hay profundización de la democracia ni de reformas sociales y entonces nuevamente tendremos motivos de conflicto que perturban la paz. 

Sin embargo, uno de los temas de la negociación que ha generado mayor controversia ha sido el de la Jurisdicción Especial para la Paz. ¿Usted cree que el país está preparado para admitir la justicia transicional que se está pactando  en Cuba? 

La justicia transicional es simplemente  un paso entre lo que existe actualmente y el restablecimiento de una justicia hacia el futuro con una justicia intermedia, que no se va a ajustar totalmente a los parámetros de justicia que de ordinario se cuentan, pero que se aspira a que, terminando el conflicto, sea posible que en el futuro  se restablezca. Pero esa justicia requiere no solo que exista formalmente, sino conocimiento de la verdad, derecho a acceder realmente a la justicia, reparación y no repetición de las barbaridades que hemos vivido.

¿Cómo defensor de la Constitución Nacional, considera que en lo negociado hasta en La Habana ahora la Carta está a salvo? 

Pienso que  la Constitución no está en discusión. La Constitución, desde el  preámbulo, habla de justicia, de libertad, de paz, de un orden democrático, social, político y económico que sea justo, de manera que lo que se pacta está dentro de la Constitución. 

El Consejo de Estado le pidió la semana pasada a la Corte Constitucional que apruebe el plebiscito aprobado por el Congreso para refrendar los acuerdos con las Farc, ¿cómo ve la discusión sobre su viabilidad jurídica? 

Pienso que a la Corte Constitucional le compete pronunciarse sobre el llamado plebiscito, que es una reforma a ese mecanismo, dentro de algo más grande, que son los mecanismos  de participación, y cuando uno habla de plebiscito, hay que hacer distinción con el referendo y la consulta popular. 

Lo que hoy discute la Corte es si el plebiscito, como lo llamó el Congreso, es realmente un plebiscito o una consulta o un referendo enmascarado, y por esa razón hay diversidad de opiniones. Por eso se habla de que si el plebiscito es el respaldo al gobernante o la negación del respaldo es distinto al referendo, porque este es de contenido normativo, para que el pueblo se pronuncie sobre un proyecto de norma para modificarla o derogarla. 

Y allí habría varias normas, o sea que habría varios referendos, y lo otro, la consulta, aplica para que  el pueblo se pronuncie sobre un asunto transcendental, para manifestar cuál es su opinión al respecto.  

Definitivamente la discusión tiene muchos matices... 

Por eso se ha hablado de que sería un plebiscito refrendatario, expresión bastante contradictoria, o  de un plebiscito consultivo, que también resulta contradictorio, y tendría  la Corte que modular la ley que ya se aprobó por el Congreso o  declararla inexequible, que es lo que actualmente se discute, porque hay distintas corrientes de opinión al respecto.  

¿Y qué pasa si la Corte no lo avala? 

En últimas, si el plebiscito no se aprueba en la Corte Constitucional, no pasa absolutamente  nada, porque el Presidente de la República, en virtud de ser el Jefe del Estado, puede perfectamente restablecer el orden público y adoptar las  medidas necesarias para ello  y para eso tiene la Ley de Orden Público, la  418 y sus modificaciones. 

Fíjese como el presidente Barco pactó con el M19 sin necesidad de un referendo ni un plebiscito. Laureano Gómez y Alberto Lleras pactaron el Frente Nacional y sometieron luego lo pactado a votación popular, en una cosa que fue un referendo constitucional, aunque se llamó en ese momento plebiscito. 

Pero estaría el costo político para el presidente Juan Manuel Santos, que se comprometió a refrendarlo...

Sí, estaría el costo político del Presidente de la República que se comprometió a someterlo a la opinión popular, pero esa no es la única manera. 

¿Y qué ambiente ve para  una constituyente, que es lo que plantean las Farc?

Pienso que la constituyente podrá hacerse en el futuro, pero no como condición para pactar la paz, por una razón elemental: entonces todo lo pactado se puede volver a discutir, porque ¿quién le impide a una constituyente que delibere o que modifique lo que se haya pactado? 

Cambiando de tema, ¿qué balance hace de la entrada en vigencia de la reforma de Equilibrio de Poderes aprobada el año pasado por el Congreso? 

La llamaron Equilibrio de Poderes pero uno tiene que tener en cuenta que el Poder Público, desde Rousseau, es uno con distintas funciones que deben ser separadas entre sí, para evitar que uno de ellos absorba a los otros dos, eso es lo que tiene que buscar la democracia en Colombia y eso, creo, que no está plenamente garantizado, pese al título que le dieron, más publicitariamente que de acuerdo con la realidad, a ese acto legislativo. Sin embargo, creo que este, por ese solo hecho no resulta contrario a la Constitución. 

Se lo pregunto porque hubo mucha discusión alrededor de esa reforma al momento de elegir a los actuales personeros y contralores... 

Para los personeros hay una ley que dice que deben ser nombrados por concurso de méritos y para controlares, se dijo que debía ser mediante una convocatoria pública reglamentada por la ley, pero el Congreso, que aprobó la reforma constitucional, no aprobó la ley, y entonces vino la discusión y por esa razón hay muchísimo conflicto en Colombia en este momento. De todas maneras, eso sería desarrollo legal de una reforma constitucional que todavía no se ha dado.  

Esta semana el presidente Santos expidió un decreto relacionado con la terna para elegir al Fiscal General, ¿qué opina de ese procedimiento? 

Me parece que la función constitucional de hacer la terna la tiene el Presidente de la República, y la Corte Suprema de Justicia debe, luego, hacer la elección. La Corte ya se integró, porque había siete magistrados vacantes, entonces ahora le toca el turno al Presidente. Dictó un decreto para que cualquiera que se quiera inscribir pueda hacerlo, pero él finalmente es el que va  a sacar la lista de los tres y ese decreto no puede ser requisito previo para que él elabore la terna. 

De manera que más me parece una invitación a que los que aspiren lo manifiesten, que una norma que tenga vinculación real para el Presidente de la República. 

El año pasado la Corte Constitucional tomó varias decisiones que la hacen ver como un tribunal liberal: la adopción por parejas del mismo sexo,  la marihuana medicinal, ¿cree que la colombiana ya se puede calificar como una  sociedad liberal? 

Avanzamos todavía hacia una sociedad liberal, pero nos falta muchísimo más para garantizar los derechos y las libertades de todas las personas.

Nombre:  Alfredo Beltrán SierraNació en:  Bogotá, en 1946 Profesión:  abogado de la Universidad Libre.Experiencia:  magistrado de la Corte Suprema de Justicia desde 1989 hasta 1998, cuando pasó a  formar parte de la Corte Constitucional. 

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