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Tres exmagistrados, que estuvieron en distintas salas y también ocuparon la Presidencia de la Corte Suprema de Justicia, deberán responder por los señalamientos de supuestos cobros para favorecer a políticos con sus decisiones. | Foto: Colprensa

FARC

Ponencia en la Corte Constitucional condiciona la ley de Amnistía

El alto tribunal propone que los beneficios de dicha ley solo sean aplicados a quienes hagan aportes efectivas a la verdad.

6 de diciembre de 2017 Por: Colprensa 

La Sala Plena de la Corte Constitucional inició este miércoles el estudio de la ponencia sobre la Ley de Amnistía y Trato Diferenciado que propone un régimen de condicionalidades que deben cumplirse so pena de perder los beneficios contemplados tanto para guerrilleros como para militares.

La ponencia presentada por la magistrada Diana Fajardo va de la mano con la decisión que tomó la Corte sobre el Acto Legislativo que creó que el Sistema de Verdad, Justicia, Reparación y No Repetición, que crea la Jurisdicción Especial para la Paz, que determinó que de no cumplir con los requisitos del sistema, los beneficios pueden perderse.

En ese sentido, se ha podido establecer que la ponencia propone que la entrega de amnistía y la mantención de las libertades condicionales tengan validez constitucional si la persona involucrada aporte verdad y coopere efectivamente.

Ente las condiciones que se proponen para cumplir por todos los actores está la contribución a los derechos de las víctimas durante la vigencia de la JEP, lo que implica no rehusarse a comparecer en el Sistema Integral, para no perder todas las prerrogativas del mismo, lo que incluye las penas y la garantía de no extradición.

Uno de los elementos claves de la ponencia tiene que ver con los graves crímenes de guerra cometidos de manera sistemática, pues en la redacción de la Ley se entiende que podrían ser amnistiados personas que hayan cometido graves crímenes cometidos de forma no sistemática, tal y como lo ha cuestionado la Fiscalía de la Corte Penal Internacional.

La ponencia zanja el asunto eliminando la palabra sistemática del artículo 23 de la ley que dice que “se entenderá por grave crimen de guerra, toda infracción al Derecho Internacional Humanitario cometida de forma sistemática”.

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Igualmente, la ponencia toca otro punto cuestionado por la Fiscalía de la CPI en el sentido que para que un caso pase a la Jurisdicción Especial para la Paz debe tratarse de graves violaciones al Derecho Internacional Humanitario, sin que especifique un criterio para determinar esa gravedad. Por eso, la ponencia propone tumbar la palabra “grave” en varios artículos.

La ponencia que deberá ser estudiada por toda la Sala Plena también propone otro ajuste a la Ley para que se entienda como crimen de guerra el reclutamiento de menores de edad hasta los 18 años, y no hasta los 15 como está actualmente.

Y, además, propone que se investiguen otros crímenes atroces que se hayan podido cometer contra niños y niñas reclutados por la guerrilla y que no serían objeto de amnistía como los trabajos forzados, tratos crueles, inhumanos y degradantes, violencia sexual, entre otros.

La Corte Constitucional fallaría esta Ley antes del inicio de la vacancia judicial, que es el 20 de diciembre.

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