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Las principales diferencias entre el primer y segundo acuerdo de paz con las Farc

Según lo anunciado, las partes convinieron hacer varias precisiones a la Jurisdicción Especial para la Paz. También hubo cambios en participación política y drogas ilícitas.

14 de noviembre de 2016 Por: Redacción de El País

Según lo anunciado, las partes convinieron hacer varias precisiones a la Jurisdicción Especial para la Paz. También hubo cambios en participación política y drogas ilícitas.

Jurisdicción Especial para la Paz, JEP

Lo que había:

En el acuerdo firmado en Cartagena no se especificaba el término de duración del Sistema Integral de Verdad, Justicia, reparación y no Repetición convenido por las Farc y el Gobierno. Lea también: Cronología: así fue el camino para lograr nuevo acuerdo de paz entre Gobierno y Farc

En cambio, se planteaba que en la Sala de Reconocimiento de la Verdad se recibirían los informes de  las ONG junto a los de organismos 

como la  Fiscalía y que la tutela no procedía contra las decisiones de la JEP.

Lo nuevo:

Según el Presidente, la JEP funcionará hasta por 10 años y sus Salas solo podrán recibir solicitudes de investigación durante los dos primeros años.

  Además, las ONG no podrán actuar como fiscales y acusar, sino únicamente presentar información “que será valorada y contrastada por los jueces y magistrados del Tribunal”.

Otra modificación es que las tutelas que se interpongan contra decisiones de la JEP sí podrán ser revisadas por la Corte Constitucional. Humberto De la Calle también aseguró que “queda claro que entre la normatividad aplicable se incluye el Código Penal Colombiano y que las normas procedimentales deberán ser incorporadas al ordenamiento legal”.

Drogas ilícitasLo que había: En este punto se daba énfasis a la visión de Derechos Humanos sobre el tratamiento de los consumidores de drogas, a partir de la creación de un programa integral de sustitución de la mano de las comunidades afectadas por los cultivos y con las autoridades. También se planteaba un cambio al tratamiento de los campesinos que las cultivan y se resaltaba la erradicación manual.  Lo nuevo:Se precisa que el Gobierno Nacional mantiene todas las herramientas para erradicar cultivos ilícitos, como lo son la fumigación, además de los programas de sustitución para los campesinos. Sobre la lucha contra el problema de las drogas, el nuevo acuerdo obliga a todos los que se presenten a la Justicia especial de Paz a entregar toda la información relacionada con el narcotráfico de manera exhaustiva y detallada para atribuir responsabilidades. También se estableció que no habrá formalización de ningún predio en Colombia sin que antes se constate que está libre de la presencia de cultivos ilícitos. Para atacar de manera más efectiva el problema del consumo de drogas, se robusteció el papel de la familia y de los grupos religiosos en la política de prevención y atención a los consumidores. Participación en política Lo que había: Originalmente se había acordado que los partidos tradicionales no podían aspirar a las 16 curules contempladas para las personas residentes en las zonas de conflictos, por lo que se concluyó que serían para el grupo guerrillero.  También se decía que el nuevo partido que surja de las Farc recibiría anualmente, hasta el 19 de julio de 2026, una suma equivalente al 10 % de la apropiación presupuestal para el funcionamiento de los  movimientos políticos y el 5 %  anual de la apropiación presupuestal para el funcionamiento de los partidos hasta el 19 de julio de 2022, y ayudas en las campañas electorales. Lo nuevo: El nuevo partido de las Farc no podrá inscribir candidatos a las 16 curules transitorias en la Cámara y se redujo desde el primer año en 30 % la financiación a ese partido. Se eliminó la participación de la guerrilla en  la comisión de protección y garantías de seguridad, así como las facultades de esa comisión para revisar hojas de vida o ejercer facultades de inspección y vigilancia sobre las empresas de seguridad privada. Propiedad privada y catastro Lo que había:En el anterior acuerdo se creaba un Fondo de tierras para campesinos sin tierra o con tierra insuficiente y se anunciaba un plan masivo de formalización de la propiedad para aquellos que tienen tierra pero no escrituras. Una de las fuentes  que se habían convenido para adquirir las primeras tres  millones de hectáreas de tierras eran las expropiadas.De igual forma, se había acordado la actualización y modernización del catastro rural, y que el uso de la tierra concuerde con su vocación. Lo nuevo:Según lo anunciado por el Presidente, se respetará el derecho a la propiedad privada y a nadie se le expropiará por fuera de la ley vigente.    Igualmente,  el catastro no modificará por sí mismo los avalúos de las tierras y no se autorizarán nuevas zonas de reserva campesina,  más allá del trámite normal en la legislación vigente. Las inversiones del posconflicto se harán con respeto al principio de sostenibilidad fiscal y se amplió de 10 a 15 años el plazo de implementación de estas inversiones.

 

Reparación de víctimas Lo que había:  “Asegurar la reparación integral de las víctimas, incluyendo los derechos a la restitución, la indemnización, la rehabilitación, la satisfacción y la no repetición; y la reparación colectiva de los territorios, las poblaciones y los colectivos más afectados por el conflicto y más vulnerables, en el marco de la implementación de los demás acuerdos”. Lo nuevo:Según lo anunciado por el presidente  Santos el pasado sábado, en el nuevo acuerdo quedó incluido que “las Farc tendrán que declarar y entregar todos sus bienes, so pena de perder los beneficios, y se usarán para reparar a las víctimas”. Restricción de libertad Lo que había: Las penas efectivas se proyectaban si decían la verdad o no,  pero no se especificaban condiciones. Lo nuevo: “El Tribunal debe fijar en cada caso: espacios concretos donde deben estar los sancionados durante la ejecución de la pena (que no serán más grandes que una Zona Veredal Transitoria); los horarios en los que deben cumplir las sanciones restaurativas; establecer el sitio de residencia durante la ejecución de la sanción; imponerles el deber de solicitar autorización para salir de las zonas de sanción y señalar la periodicidad con la que el órgano de verificación debe reportar sobre el cumplimiento de la sanción”. Constitucionalidad  Lo que había: Se había establecido que, luego de elevarse el documento a acuerdo especial, este sería incluido en el bloque de constitucionalidad únicamente para ser referencia de las leyes que aplicaran lo acordado. Lo nuevo: Solo se incorporarán al bloque de constitucionalidad los temas de Derechos Humanos y de Derecho Internacional Humanitario, que ya  hacen parte de la Constitución. De igual forma, el Presidente sostuvo que quedó  más claro que “el Gobierno será el único responsable de la implementación de los acuerdos. Habrá una comisión que hará seguimiento, impulso  y verificación del cumplimiento de los mismos”. Empresarios y miembros de la Fuerza Pública Lo que había:  El concepto de  participación habitual que se había incluido con respecto a la financiación o colaboración con actores del conflicto por parte de terceros no combatientes fue asumido como una “cacería de brujas”.     Lo nuevo:Se eliminó la participación habitual. Los empresarios que no sean responsables de crímenes graves tienen la posibilidad de obtener la terminación de los procesos que hoy los puedan afectar en la justicia ordinaria.   De igual forma, se logró una fórmula que garantiza a  soldados y policías, en servicio activo y retirados, los máximos beneficios, pero con total seguridad jurídica. Enfoque de género Lo que había: El acuerdo buscaba “contribuir a la protección y garantía del goce efectivo de los derechos de todos y todas” y que “los derechos humanos son inherentes a todos los seres humanos por igual”.  Lo nuevo: Reconocimiento de la igualdad de derechos entre hombres y mujeres y de las circunstancias especiales de cada uno. Supone reconocer que el conflicto ha impactado de manera diferenciada a la mujer y que se requieren acciones específicas para restablecer sus derechos. Incluye  un principio de respeto a la igualdad y no discriminación por sexo, edad, creencias religiosas, étnia, pertenencia a la población LGTBI u otra razón. Magistrados 

Lo que había:

 El acuerdo de septiembre planteaba que “la Jurisdicción Especial para la Paz estará compuesta por magistrados colombianos, aunque podrá contar con una minoría de magistrados extranjeros. Los magistrados serán altamente calificados y deberá incluirse expertos en distintas ramas del derecho. Los magistrados serán elegidos mediante un proceso de selección que dé confianza a la sociedad colombiana”.

 Lo nuevo: Según lo anunciado, en el nuevo acuerdo se dice  que todos los magistrados serán colombianos, pero que se acepta la presencia de ‘amicus curiae’, es decir, expertos extranjeros que podrán emitir conceptos sobre los diferentes casos, pero sin la posibilidad de votar.

 

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