El pais
SUSCRÍBETE

Abecé para entender el crucial acuerdo entre las Farc y el Gobierno Nacional

¿Quién juzgará a los actores del conflicto? ¿Cuál es la pena máxima? ¿irán a la cárcel? ¿Serán indultados? Aquí las respuestas.

25 de septiembre de 2015 Por: Redacción de El País

¿Quién juzgará a los actores del conflicto? ¿Cuál es la pena máxima? ¿irán a la cárcel? ¿Serán indultados? Aquí las respuestas.

A pocas horas de que el Gobierno y las Farc anunciaran el acuerdo mediante el cual los guerrilleros se someterían a la justicia tras la firma de un acuerdo de paz, aún son muchas las inquietudes  que rondan a los colombianos sobre el particular. En especial sobre el alcance que en materia de justicia tendrá la Jurisdicción Especial para la Paz, anunciada desde Cuba por el presidente Juan Manuel Santos y el jefe guerrillero ‘Timoleón Jiménez’ o ‘Timochenko’. ¿Quién juzgará a los actores del conflicto? ¿Cuál es la pena máxima que obtendrían por sus crímenes? ¿Serán recluidos en cárceles? ¿Se les acumularán las penas por todos sus delitos? ¿Qué pasa si los actores del conflicto no confiesan la totalidad de sus crímenes? ¿Qué es exactamente la restricción efectiva de la libertad? ¿Qué es exactamente la Jurisdicción Especial para la Paz? Es un órgano con funciones judiciales y que tras finalizar el conflicto se centrará en satisfacer el derecho de las víctimas a justicia,  verdad, reparación, la lucha contra la impunidad, brindar seguridad  jurídica a quienes participaron de manera directa o indirecta en el conflicto y contribuir al logro de una paz estable y duradera. ¿Cuáles serán las funciones principales de esa Jurisdicción Especial? Juzgar e imponer sanciones a los responsables de los delitos cometidos en el contexto y en razón del conflicto armado, particularmente los más graves y representativos como los crímenes de lesa humanidad, el genocidio y los crímenes de guerra, entre otros. Así las cosas deberá proferir sentencias a quienes reconozcan sus crímenes y llevar a cabo los juicios contra quienes no reconozcan sus delitos. En ambos casos, verificará las condiciones, la modalidad de ejecución de la pena y que se cumplan las sentencias. ¿Cómo estará compuesta? Contará con salas de Justicia y un Tribunal para la Paz y estará integrada en su gran mayoría por magistrados colombianos y algunos extranjeros. ¿Cuáles serán las competencias de la Jurisdicción Especial para la Paz? Tendrá competencia sobre todos quienes hayan participado de manera directa o indirecta del conflicto, incluyendo a los miembros de las Farc, los agentes del Estado y terceros que hayan financiado o colaborado con grupos armados, entre otros. También tendrá competencia material sobre los delitos más graves y representativos que se hayan cometido en el conflicto. ¿También juzgará delitos cometidos por agentes del Estado? Sí. La eficacia en la materialización de los objetivos del Sistema Integral de Verdad, Justicia, Reparación y No Repetición demanda la participación de todos quienes participaron de manera directa e indirecta en el conflicto. El tratamiento para los agentes del Estado podrá ser diferenciado, pero en todo caso deberá ser equitativo, equilibrado, y aplicado de manera simultánea. ¿Cómo será el sistema de reclusión para culpables de diversos delitos?  A quienes reconozcan su responsabilidad por los delitos más graves, tendrán una restricción efectiva de la libertad de 5 a 8 años.  A quienes reconozcan su responsabilidad tardíamente, se les impondrá una pena privativa de la libertad de entre 5 y 8 años. Y a quienes no reconozcan su responsabilidad y sean declarados culpables por el Tribunal para  la Paz, serán condenados a  pena privativa de la libertad de hasta 20 años. ¿Cuál es la diferencia entre ‘sanción de restricción efectiva de la libertad’ y ‘pena privativa de la libertad? La ‘pena privativa de la libertad’ será cumplida en condiciones ordinarias, lo que supone que se  cumplirá bajo el régimen carcelario ordinario. Por su parte la ‘sanción de restricción efectiva de la libertad’ supone un régimen especial de cumplimiento, con un mecanismo especial de administración, vigilancia y control que permita, a su vez, el cumplimiento de las funciones reparadoras y restaurativas que impondrá el Tribunal para la Paz. O sea que no pagarán cárcel. Entonces ¿dónde pagarán sus penas?Las formas de ejecución de las  sanciones de restricción efectiva de la libertad, tales como el lugar y las condiciones del régimen no han sido acordadas todavía por las partes. ¿Los responsables de delitos atroces sí deberán pagar cárcel?  Como se mencionó anteriormente, habrá una diferenciación al momento de imponer sanciones a partir del reconocimiento de responsabilidad.  ¿Qué pasará con las investigaciones y condenas ya existentes? Todos los que hayan participado directa o indirectamente en el conflicto tendrán la oportunidad de reconocer la verdad y responsabilidad frente a los hechos que presentarán la Fiscalía y la Rama Judicial. En este sentido, las investigaciones adelantadas en la justicia ordinaria y las sentencias existentes serán la base de la sentencias que se impongan en esta jurisdicción. ¿Qué delitos serán objeto de amnistías o de indultos? A la terminación de las hostilidades, de acuerdo con el Derecho Internacional Humanitario, se otorgará amnistía o indulto para delitos políticos y conexos. En el caso de las guerrillas se amnistiará o indultará el delito de rebelión. Ahora, en el delito de esa rebelión se han cometido también otros delitos como porte ilegal de armas. No obstante, no podrán considerarse delitos conexos al delito político los crímenes de lesa humanidad, el genocidio, ni los graves crímenes de guerra, entre otros. Será una ley de amnistía la que determine cuáles serán los delitos amnistiables e indultables y cuáles los criterios de conexidad. ¿Quién se encargará de conceder esas amnistías o indultos? Será una sala dentro de la Jurisdicción Especial para la Paz, de conformidad con lo establecido por la ley de amnistía. En relación con las conductas conexas, la Sala evaluará que se cumplan los criterios de conexidad. ¿Podrá existir una amnistía o indulto en el caso del narcotráfico? Será una ley de amnistía, debatida en el Congreso, la que determine cuáles serán los delitos amnistiables e indultables y cuáles los criterios de conexidad, en particular qué conductas dirigidas a financiar la rebelión pueden considerarse conexas.  ¿Cómo evitar que narcotraficantes se cuelen en esta ley? Este sistema se aplicara únicamente a quienes hayan participado de manera directa e indirecta en el conflicto armado. La Jurisdicción Especial no tendrá competencia por delitos cometidos por fuera del conflicto armado, ni respecto de personas que no hayan tenido un vínculo con éste. Para eso habrá salas dedicadas a evaluar la relación con el conflicto para evitar colados.

AHORA EN Proceso de Paz