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Litigio
Emcali no pagará $10.200 millones

Colprensa - Bogotá

El alto tribunal consideró que la empresa prestadora de servicios públicos no estaba obligada a devolverle al antiguo Banco Cafetero los recursos que esa entidad le pagó luego de una demanda. La plata, garante de un préstamo, había sido retenida por la institución crediticia.

Un fallo del Consejo de Estado determinó que las Empresas Municipales de Cali, Emcali, no están obligada a devolverle a Bancafé $10.200 millones producto de un pleito que se inició en la década de los noventa por cerca de $8.000 millones.

La historia empezó en 1989 cuando el Banco Cafetero (hoy Bancafé en liquidación) y la empresa municipal de servicios públicos iniciaron una serie de operaciones que estaban garantizadas con algún tipo de depósito.

En algún momento la obligación fue incumplida y el banco decidió retener la garantía, operación usual en la actividad bancaria.

Posteriormente, la Superintendencia de Servicios Públicos le solicitó a Bancafé que cancelara y entregara esos recursos, pero la entidad financiera se negó y argumentó que era una garantía por los millones de pesos que le prestó a la Emcali para la ejecución de obras.

Por esta razón, Emcali interpuso una demanda para efectos de que le devolvieran los recursos, la cual concluyó en el 2001 a favor de la empresa de servicios públicos.

Ante esta decisión, el Bancafé, que había pasado a manos del Estado mediante una capitalización del Fondo de Garantías de Instituciones Financieras, Fogafin, institución que heredó el pleito, accedió a devolver los recursos, que con intereses ascendieron a $10.200 millones, pero advirtió que apelaría la decisión al Consejo de Estado.

El resultado de esa apelación ratificó el fallo de primera instancia.

El presidente de Fogafin, Andrés Florez Villegas, afirmó que el efecto neto de esa condena en el patrimonio del Bancafé es cero, porque ya se había cancelado el dinero. "Lo único que estaba haciendo era apelando. Ya no se hará más porque no quedan instancias", explicó.

La decisión del alto tribunal, con ponencia del magistrado Rafael Osteau de Lafont, ratifica la resolución de la Superintendencia de Servicios Públicos Domiciliarios en la que se ordenaba al Banco Cafetero retornar a Emcali los $10.200 millones.

El dato clave
Al fallar, el Consejo de Estado consideró que Bancafé no podía retener los recursos que tenía depositados Emcali para hacerse pagar la obligación contraída.
Según el expediente, la entidad bancaria se negó a hacer la devolución argumentando que Emcali le adeudaba $8.000 millones que habían sido utilizados para la adecuación y ampliación de redes de acueducto y alcantarillado en la capital del Valle.

Además, Bancafé consideró que el recaudo de ese dinero corría peligro.

Respaldo a Emcali

Desde el comienzo del litigio con el banco, la Superintendencia de Servicios Públicos Domiciliarios mostró su total apoyo a las Empresas Municipales de Cali.

Al intervenir en el proceso, la Superintendencia de Servicios Públicos Domiciliarios respaldó los argumentos de Emcali por cuanto en su criterio, tal como lo señaló la demandante, el préstamo sería asumido por la entidad de servicios públicos.

Por ello, la entidad de vigilancia y control considero que Bancafé debía abstenerse de retener los pagos efectuados por los usuarios, pues era claro que el préstamo estaba debidamente respaldado y asegurado por disposiciones y actos administrativos legales.

Esta situación no fue atendida inicialmente por la institución financiera, que trató de garantizar el pago de la deuda reteniendo los dineros depositados en la cuenta de Emcali.

Las Empresas Municipales tenían esa plata como respaldo al empréstito bancario.




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