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21 de Marzo de 2010
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Salud
“Atención médica no se le niega a nadie”

Redacción de El País

Ministerio de Protección Social hizo un llamado a las EPS para que brinden un servicio de calidad.

El ministro de la Protección Social, Diego Palacio Betancourt, hizo un llamado a las EPS de todo el país para que bajo ninguna circunstancia se nieguen a atender una urgencia, al tiempo que les recordó que los servicios deben prestarse con calidad y buena atención.

“La atención médica no se le niega a nadie”, subrayó el funcionario.

Este anuncio lo hizo al referirse al caso del joven caleño Rodolfo Enrique Ayala, de 17 años, que recibió un impacto de una bala debajo del ojo izquierdo y que, según versiones de algunos familiares, no recibió atención médica porque presentaba mora en el pago de aportes a salud.

Sobre el tema, la IPS Saludcoop manifestó que el joven sí fue atendido en la Clínica Santillana, el día 6 de agosto cuando resultó herido.

Además de esto, la entidad de salud aseguró que una vez la inflamación en el rostro del adolescente baje, le será practicada una cirugía plástica.

El Ministerio de la Protección Social verificó la situación y avaló esa versión.

El Jefe de esta cartera agregó que el caso no se trató de falta de atención por no pago.

“De hecho el cotizante principal del grupo familiar al que pertenece el joven ya fue compensado por el período correspondiente a julio del 2008, lo que evidencia que el pago de los aportes correspondientes a dicho mes ya fue realizado”.

Por su parte, la Defensoría del Pueblo del Valle del Cauca se refirió al tema y aunque se conoció que en el caso del joven él sí fue atendido, la entidad señaló que Cali es una de las ciudades donde hay más casos de negación del servicio médico.

“Este año se han presentado diez casos de negación del servicio de urgencias y de otros servicios de salud, lo que constituye hechos que atentan contra el derecho a la vida de quienes requieren urgentemente de atención especializada”, dijo el defensor del pueblo, Andrés Santamaría.

La norma

  • De acuerdo con el decreto 806 de 1998, para la atención inicial de urgencias no puede exigirse el cumplimiento de periodos mínimos de cotización.

  • Así pues, los pacientes que requieran servicios tales como la internación en unidad de cuidados intensivos para ser estabilizado, solamente requieren periodos mínimos de cotización a la EPS.



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