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Un fallo discutible

"La decisión de los conjueces vuelve a poner de presente la urgencia de precisar las características de los fueros especiales y los alcances que deben tener".

11 de abril de 2012 Por:

"La decisión de los conjueces vuelve a poner de presente la urgencia de precisar las características de los fueros especiales y los alcances que deben tener".

Si algo faltaba para justificar la necesidad de una reforma verdadera a la Justicia para evitar la impunidad y exigir responsabilidades a los servidores del Estado cualquiera sea su rango y por sus actuaciones en ejercicio de sus cargos, el fallo de la Sala de conjueces del Consejo Superior de la Judicatura acaba de llenar ese vacío. Apoyado en sentencias de la Corte Suprema de Justicia, el fallo de los conjueces detuvo el juicio fiscal que la Contraloría General de la República adelantaba por detrimento patrimonial contra los magistrados titulares del Consejo que nombraron decenas de funcionarios por pocos meses para mejorar sus pensiones de jubilación. Era la actuación del organismo encargado de fiscalizar el manejo del patrimonio público, gravemente lesionado por actuaciones que fueron calificadas como el carrusel de las pensiones. Afirma la Contraloría que si bien esos magistrados no ordenaron el gasto, con sus actuaciones produjeron un incremento en las erogaciones que deberá asumir el Estado, superior a los $13.000 millones. Ahora, el fallo dice que esos actos no deben ser objeto del control fiscal, y por lo tanto deben ser investigados por la Honorable Comisión de Acusaciones de la Cámara de Representantes. Lo cual significa que, en la práctica, el fuero que ampara a magistrados se amplía hasta asuntos que tienen que ver con actuaciones administrativas y de control fiscal. Es posible que los tecnicismos legales y jurisprudenciales indiquen que está ajustada a la ley la actuación de unos conjueces que revisan un procedimiento administrativo contra los magistrados titulares. Pero, también en términos prácticos, ante la nula actuación de la Comisión de Acusaciones contra cualquier magistrado en toda su historia, significará el fin de un proceso dirigido a revisar el desempeño de los jueces que, en caso de haber sido condenados por actos ilegales ocasionan daños al erario. De otra parte, la contralora Sandra Morrelli expresó su desconcierto por la decisión, al punto en que consideró que el resultado del dictamen dejará en el limbo el papel del organismo a su cargo, además de crear una inestabilidad jurídica. Para los colombianos será otro motivo más de desconfianza sobre la forma en que están operando los mecanismos de vigilancia cuando se trata de aplicarlos al tantas veces cuestionado Consejo Superior de la Judicatura, así como a las demás Cortes de Justicia. Más aún, cuando queda la sensación de que con ello se está creando la idea de que existen en Colombia ciudadanos exentos del control fiscal, como en este caso. La decisión de los conjueces vuelve a poner de presente la urgencia de precisar las características de los fueros especiales y los alcances que deben tener. Sin duda, quienes ejercen altas responsabilidades deben tener una protección que los ampare de persecuciones políticas o de retaliaciones contra actuaciones en ejercicio de sus responsabilidades. Pero también es cierto que ellos deben rendir cuentas ante algún tribunal. Y la Comisión de Acusaciones no es precisamente la prenda de garantías que espera el país. Por lo menos, su historia no le ayuda.

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