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Polémica Ley

"La libertad y el derecho a tener acceso a la información hay que respetarlo. Pero también es obligatorio y necesario definir de forma clara los límites que imponen los derechos intelectuales, a los que también hay que proteger".

14 de abril de 2012 Por:

"La libertad y el derecho a tener acceso a la información hay que respetarlo. Pero también es obligatorio y necesario definir de forma clara los límites que imponen los derechos intelectuales, a los que también hay que proteger".

Una ley que regule los alcances de los derechos intelectuales o de autor es susceptible de generar polémica, más cuando incluye normas, así sean tangenciales, para su uso en internet o en otras tecnologías de la comunicación. Es lo que pasa hoy con la llamada ley de implementación del TLC, aprobada esta semana por el Congreso de la República, que ha provocado protestas, explicaciones y justificaciones desde varios sectores. ¿Qué tan válida es la controversia en este caso?Lo primero es aclarar que no se llama Ley Lleras 2.0, ni Ley Lleras Recargada, ni resucita el proyecto retirado el año pasado por el Ministerio del Interior sobre regulaciones en internet. La Ley aprobada valida o modifica normas que ya existen en Colombia sobre la propiedad intelectual, su uso, ejecución, reproducción, distribución o difusión. Contrario a lo que se cree, no aumenta las penas por los delitos en contra de la propiedad intelectual ni castiga a los usuarios de internet por reproducir información que ya se encuentra en la red. Pero deja en claro que la libertad y los alcances del mundo globalizado que se abrió entre otras razones con las nuevas tecnologías de la información y las comunicaciones, no pueden desconocer los derechos de autor, el respeto por quienes han creado algo y su prerrogativa a recibir una contraprestación por ello. Sean colombianos o extranjeros, todos deben ser protegidos en sus creaciones, sin que ello signifique coartar el derecho a la libertad de información, como se ha querido mostrar. Tampoco significa un retroceso el que se reduzca el porcentaje de participación de producciones nacionales en los canales colombianos de televisión de un 50% a un 30% los días sábados, domingos y festivos. En un país donde la televisión es en la práctica un monopolio, manejado por el Estado y donde sólo hay dos canales privados, y con dificultades se avanza en la creación de un tercero, habría qué preguntarse si el problema es de porcentajes o de democratización. ¿Es lo mismo el 50% de programación nacional en un par de canales que el 30% en cinco o diez canales diferentes? Mientras la televisión en Colombia sea tan limitada, y se mantenga ese monopolio, su desarrollo será imposible.La Ley 201 del 2012, o de implementación del TLC, realiza los últimos ajustes al Acuerdo de Libre Comercio más importante por su tamaño e impacto para Colombia. Estados Unidos es el primer socio de nuestro país y el nuevo tratado obliga a cambiar la forma de entender la libre competencia y a replantear las limitaciones que implican los monopolios tradicionales para los mercados colombianos. La libertad y el derecho a tener acceso a la información hay que respetarlo. Pero también es obligatorio y necesario definir de forma clara los límites que imponen los derechos intelectuales, a los que también hay que proteger. Y no se puede llorar por las barreras proteccionistas, que muchas veces impiden el progreso y en otros casos promueven conductas monopólicas que perjudican el bolsillo y las libertades de los consumidores colombianos.

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