El pais
SUSCRÍBETE

Los menores en la red

Muchos son los delitos que se pueden fraguar con los medios electrónicos, en especial, cuando los menores son objetivos. Son prácticas reales, que a diario arrojan resultados en muchos casos mortales. Y frente a ello hay grandes limitaciones puesto que el acceso a las redes y a los contenidos es cada vez más difícil de controlar.

11 de agosto de 2015 Por:

Muchos son los delitos que se pueden fraguar con los medios electrónicos, en especial, cuando los menores son objetivos. Son prácticas reales, que a diario arrojan resultados en muchos casos mortales. Y frente a ello hay grandes limitaciones puesto que el acceso a las redes y a los contenidos es cada vez más difícil de controlar.

Amplia polémica ha despertado la sentencia de la Corte Suprema de Justicia que autoriza a los padres de familia para revisar los correos que sus hijos menores de edad reciban a través de internet. Sin embargo, esa decisión se queda corta ante la posibilidad que ofrece la red para acceder a los contenidos que pueden resultar nocivos para la formación de su personalidad y su relación con el mundo actual.La sentencia ratificó la condena a un hombre que usó una red social para establecer un supuesto romance con una niña de doce años, de la cual abusó y a quien constreñía mediante correos para que su víctima declarara en determinado sentido. Luego de ser condenado en las dos instancias, el reo recurrió a la Corte alegando que le habían violado el derecho a la intimidad, por cuanto los mensajes fueron encontrados por los padres de la menor en su correo electrónico y adjuntados al expediente como prueba. Al considerar las circunstancias, el Máximo Tribunal dio la razón a los jueces que condenaron al sujeto y ratificó el derecho de los padres a intervenir las cuentas de sus hijos menores de edad cuando consideren que pueden causarles daño. “Existen casos excepcionales que por sus particularidades deben ser observados desde una óptica diferente, como ocurre cuando el titular de la cuenta de correo electrónico es un niño, niña o adolescente” dijo la Corte. Y fue más allá, al reconocer “la obligación de protegerlos de contenidos inapropiados para su edad”. Así como la Corte debió dar punto final a un caso específico, su providencia es una aproximación necesaria a un problema que está afectando la formación de los niños y jóvenes. Es el enorme mundo que se está abriendo con el acceso que significa el internet a toda clase de información, y la posibilidad de usar a los menores para propósitos muy distantes a la educación y el conocimiento. Basta citar la manera en que las redes sociales son utilizadas para citar a riñas en Cali, o para crear redes de trata de personas. Muchos son los delitos que se pueden fraguar con los medios electrónicos, en especial, cuando los menores son objetivos. Son prácticas reales, que a diario arrojan resultados en muchos casos mortales. Y frente a ello hay grandes limitaciones puesto que el acceso a las redes y a los contenidos es cada vez más difícil de controlar. La pregunta que los críticos se hacen es si esa autorización a los padres para tutelar el uso del internet no implica desconocer el derecho a la libre personalidad y a la intimidad. Lo cierto es que el surgimiento del internet ha ocasionado una ruptura drástica en la manera de educar y formar a los niños y jóvenes de hoy. Sin embargo, y salvo que aparezca un instrumento para evitar los peligros a los que ellos están expuestos, o los riesgos a los que se exponen al entrar a las redes sociales, la tutela de los padres y las madres de familia es necesaria. Por supuesto, debe ser una intervención que oriente a los menores para que aprendan a usarlos, y no aquella que coarte la formación que ofrece un medio que, además, parece imposible de censurar.

AHORA EN Editorial