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La vía rápida

Una vez conocido el concepto de la Corte Constitucional, empieza en firme la aplicación del acuerdo en lo que corresponde a los compromisos adquiridos por el Gobierno. Se espera que las Farc empiecen a cumplir su parte, con la dejación de armas, la desmovilización total, la colaboración para desmontar el narcotráfico y la entrega de bienes con los cuales deberá resarcirse a las víctimas de su violencia.

14 de diciembre de 2016 Por:

Una vez conocido el concepto de la Corte Constitucional, empieza en firme la aplicación del acuerdo en lo que corresponde a los compromisos adquiridos por el Gobierno. Se espera que las Farc empiecen a cumplir su parte, con la dejación de armas, la desmovilización total, la colaboración para desmontar el narcotráfico y la entrega de bienes con los cuales deberá resarcirse a las víctimas de su violencia.

Luego de meses de incertidumbres causadas por su silencio, la Corte Constitucional decidió declarar ajustado a la Norma Suprema el contenido del Acto Constitucional que crea la Vía Rápida para los desarrollos legislativos que se requieran en desarrollo del acuerdo con las Farc. Así, el Estado da otro paso más en el propósito de asegurar el final de un conflicto de cincuenta años. Según lo conocido hasta ahora, en el fallo a una demanda sobre los artículos 1 y 2 de la Reforma la Corte declaró que los cambios que crean procedimientos más expeditos para el proceso legislativo no atentan contra la Constitución ni desconocen sus principios. Para ocho de los nueve magistrados del Tribunal, cuando se limita la facultad del Congreso y se le otorgan facultades legislativas al Presidente de la República no se está alterando la normatividad, puesto que son procedimientos especiales y con un marco temático y temporal muy preciso.Dice la ponencia aprobada: “Cuando todas las piezas de ese mecanismo se articulan puede observarse que su objetivo es lograr la paz, fin imperioso del orden constitucional a la vez que un modo de conservar su integridad, lo cual es a su turno lo que busca garantizarse con el principio específico de rigidez contemplando la Carta de 1991”. Es decir, los cambios se producen para dar vida a los compromisos del acuerdo que debe terminar la confrontación con el grupo guerrillero más antiguo del mundo.Quiere ello decir que iniciativas como la ley de amnistía o la que creará el Tribunal Especial que aplicará la justicia transicional tendrán sólo dos de los cuatro debates establecidos en la Constitución mientras los Actos Legislativos para adoptar decisiones como la autorización a condenados para que sean parte del Congreso de la República sólo tendrán que cumplir cuatro de los ocho debates que se exigen en circunstancias normales.En cuanto a la refrendación, la Corte consideró que el Congreso tiene la representatividad para ratificar el acuerdo del Teatro Colón, por lo cual no es necesario otra consulta popular como el plebiscito del pasado dos de octubre. Y al exigir que el Congreso ratifique su refrendación, traslada al Legislativo la responsabilidad de confirmar la validez de su propia actuación, afirmando que “los resultados del plebiscito deben ser respetados, interpretados y desarrollados de buena fe en un escenario de búsqueda de mejores consensos”.Una vez conocido el concepto de la Corte Constitucional, empieza en firme la aplicación del acuerdo en lo que corresponde a los compromisos adquiridos por el Gobierno. Se espera que las Farc empiecen a cumplir su parte, con la dejación de armas, la desmovilización total, la colaboración para desmontar el narcotráfico y la entrega de bienes con los cuales deberá resarcirse a las víctimas de su violencia.Es de esperar entonces que toda esa excepción a la Constitución y las leyes que acaba de aprobar el Tribunal encargado de protegerlas sea el principio del fin de una confrontación fratricida e inútil que ha costado miles de vidas, millones de desplazamientos y un daño incalculable al patrimonio público y privado, así como al desarrollo de nuestra Nación.

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