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La maleza jurídica

"El derecho a la rebelión que la guerrilla invoca también es una institución jurídica. Y tiene límites claros y definidos por el Derecho Internacional Humanitario y los Derechos Humanos. Es el deber que tienen los alzados en armas de respetar esos principios universalmente aceptados para evitar que incluso la guerra sea justificativo para desconocer la dignidad de los seres humanos y arrasar con la población civil".

5 de abril de 2015 Por:

"El derecho a la rebelión que la guerrilla invoca también es una institución jurídica. Y tiene límites claros y definidos por el Derecho Internacional Humanitario y los Derechos Humanos. Es el deber que tienen los alzados en armas de respetar esos principios universalmente aceptados para evitar que incluso la guerra sea justificativo para desconocer la dignidad de los seres humanos y arrasar con la población civil".

Próxima a iniciarse una nueva ronda de la negociación en La Habana, las Farc, por intermedio de uno de sus voceros, reclamó al Gobierno Nacional la necesidad de retirar “la maleza jurídica que ha atravesado como mula muerta en el camino de la paz”. Aunque se ha recomendado no dar importancia a las declaraciones que el grupo guerrillero expresa casi a diario por fuera de la mesa de negociación, este es uno de aquellos momentos en los cuales se requieren precisiones. Es que esa “maleza” es, precisamente, la esencia que permite alcanzar la paz y la convivencia en una sociedad civilizada. En otros términos, es la diferencia entre las reglas de juego claras para todos y las armas para imponer las propias y de manera unilateral.Dicen esos voceros de las Farc que se está especulando mucho sobre la responsabilidad que les atañe en el llamado conflicto, porque es el derecho a la rebelión el único responsable. Pues al resto de los colombianos y a la comunidad internacional no les parece que así se deba interpretar lo que acontece. Es decir que no es tan simple como ellos pretenden.En efecto, el derecho a la rebelión que la guerrilla invoca también es una institución jurídica. Y tiene límites claros y definidos por el Derecho Internacional Humanitario y los Derechos Humanos. Es el deber que tienen los alzados en armas de respetar esos principios universalmente aceptados para evitar que incluso la guerra sea justificativo para desconocer la dignidad de los seres humanos y arrasar con la población civil.Es allí donde debe encontrarse la razón por la cual existen instituciones como la Corte Penal Internacional y su capacidad de perseguir a los violadores de los Derechos Humanos. Y la razón por la cual en Colombia existe un intenso debate sobre las excepciones que deberán hacerse al ordenamiento jurídico para llevar a buen puerto las negociaciones de paz que se celebran en Cuba, con el acompañamiento de varios países y en medio de reglas de juego definidas. Por lo tanto, no se trata de que el derecho internacional y las normas nacionales sean una “mula muerta” atravesada en el camino de los acuerdos. Al contrario, son los elementos que les ofrecen garantía a la sociedad y a los integrantes de las Farc para alcanzar la paz que se busca. Incluso, son las que permiten el disenso y las reformas exigidas por los insurgentes. En ellos están los ingredientes para adoptar una justicia transicional que no permita la impunidad pero a la vez abra las puertas a la reintegración.Ese es pues el sentido que tienen las estructuras jurídicas que tanta indignidad le causaron a alias Iván Márquez, jefe de la delegación de las Farc en La Habana. Ellas son las que permiten el diálogo y ofrecen las salidas que todos buscan, dando garantías a la sociedad colombiana sobre la vigencia de un Estado de Derecho que impide el imperio de las armas con las cuales se le ha causado daños irreparables. Así las cosas, nada de “maleza jurídica atravesada como mula muerta en el camino de la paz”. Instituciones jurídicas que establezcan reglas de juego claras y garanticen la paz, la justicia y la reparación a las víctimas. Eso es lo que pide la Nación.

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