El pais
SUSCRÍBETE

El papel de los jueces

De manera lenta pero con paso firme, la Corte Constitucional está definiendo los límites y las características jurídicas que deben tener los desarrollos legislativos del acuerdo entre el Gobierno y las Farc. Por ello es preciso abrir el espacio necesario para entender sus decisiones y hacer que se aplique lo que más convenga a la buena salud de la Nación.

15 de octubre de 2017 Por: Editorial .

De manera lenta pero con paso firme, la Corte Constitucional está definiendo los límites y las características jurídicas que deben tener los desarrollos legislativos del acuerdo entre el Gobierno y las Farc. Por ello es preciso abrir el espacio necesario para entender sus decisiones y hacer que se aplique lo que más convenga a la buena salud de la Nación.

El último de los fallos con respecto al acuerdo hace dos precisiones que deben ser comprendidas en todo su sentido para evitar confusiones innecesarias. Según los anuncios de su presidente, la Corte dejó en claro que el Acuerdo Final firmado en el teatro Colón no puede ser involucrado en la Constitución pues se trata de un acto político que no tiene capacidad para reformar la Constitución ni puede ser declarado como parte integrante de ella.

La segunda parte de ese anuncio indica que si el acuerdo se desarrolla mediante los mecanismos establecidos en la Carta Fundamental, incluido el Fast Track que ya fue declarado constitucional, las leyes y decretos que así lo hagan deberán ser respetados si cumplen con los requisitos y se aplican los procedimientos establecidos en el ordenamiento jurídico. Eso incluye el mantenerlos por el tiempo que se estableció en el citado acuerdo, es decir, durante dos períodos presidenciales.

Como es de esperar, se abrió un debate sobre el alcance de la decisión. Hay posiciones extremas en las que unos declaran que es un triunfo sobre quienes se oponen a la paz, mientras hay quienes amenazan con desconocer el pronunciamiento de la Corte y tomar medidas en el futuro para cambiar lo que se adopte en el Congreso durante los próximos meses.

Y está también la posición de las Farc que reclaman celeridad en los procesos para dar vida al acuerdo, y se atreven a descalificar a los Magistrados de la Corte Constitucional y a todo aquel que ose hacer críticas o comentarios sobre lo que los exguerrilleros consideran intocable. En este caso es necesario recordarles que al firmar el acuerdo aceptaron en primer lugar respetar las instituciones y acatar sus decisiones, algo fundamental para que los colombianos reconozca su voluntad de reincorporarse a la sociedad.

Es decir, la polarización sigue siendo parte de la realidad política y en muchos casos, como el de ahora, impide esperar a conocer la sentencia en su integridad, o ver con claridad las decisiones de los jueces. Eso es parte del juego democrático y debe ser aceptado como demostración de confianza en el Estado de Derecho como garante de la convivencia y de la posibilidad de tener disensos en Colombia.

Es innegable que las decisiones de la Corte Constitucional sobre asuntos cruciales para el desarrollo del Acuerdo no tienen la velocidad que muchos esperan, lo que sin duda afecta su ejecución. Pero ello no implica que se desconozca el sitio de esa institución como garante de la legalidad y del respeto por los valores sobre los cuales se basa el Estado. Y tampoco puede dar pie para hacer interpretaciones parciales que tergiversan el papel de los jueces como árbitros de la sociedad que siempre les ha reconocido la Constitución.

AHORA EN Editorial