El pais
SUSCRÍBETE

El Código de Policía

¿Conoce usted alguno de los artículos del Código Nacional de Policía, la ley 1801 de 2016 que empezará a regir el próximo treinta de enero? ¿Sabe usted cuáles son los deberes y derechos que consagra la nueva norma para preservar los derechos colectivos sobre los individuales y generar un nuevo espacio para que las autoridades puedan cumplir su papel como garantes de la convivencia?

11 de enero de 2017 Por:

¿Conoce usted alguno de los artículos del Código Nacional de Policía, la ley 1801 de 2016 que empezará a regir el próximo treinta de enero? ¿Sabe usted cuáles son los deberes y derechos que consagra la nueva norma para preservar los derechos colectivos sobre los individuales y generar un nuevo espacio para que las autoridades puedan cumplir su papel como garantes de la convivencia?

¿Conoce usted alguno de los artículos del Código Nacional de Policía, la ley 1801 de 2016 que empezará a regir el próximo treinta de enero? ¿Sabe usted cuáles son los deberes y derechos que consagra la nueva norma para preservar los derechos colectivos sobre los individuales y generar un nuevo espacio para que las autoridades puedan cumplir su papel como garantes de la convivencia?La respuesta a esos interrogantes puede servir de ejemplo sobre el concepto que se tiene en nuestro país acerca de las leyes, su vigencia y los resultados que deberían producir en la vida diaria de los ciudadanos. En este caso, se trató de actualizar un código con cuarenta años de vigencia que contiene definiciones y sanciones obsoletas. Esas normas se habían convertido en camisa de fuerza para la Policía y los mandatarios locales y regionales en su obligación de prevenir hechos que alteran la tranquilidad ciudadana como los abusos con el uso de equipos de sonido. O para aplicar medidas como los allanamientos sin orden judicial y responder con presteza y eficiencia a los delitos y las conductas que atentan contra la sociedad. El nuevo ordenamiento puede calificarse como un progreso, en la medida en que entrega a las autoridades instrumentos que bien interpretados pueden ser fundamentales para ordenar la vida en las ciudades, hoy afectadas por el desorden que genera su crecimiento desbordado. Pero para ello es fundamental que sea conocido con suficiencia tanto por los encargados de aplicarlo como por las comunidades que deberán acatarlo y respaldarlo. En cuanto a los funcionarios, hay esfuerzos para darles a conocer el catálogo de reformas, de atribuciones y limitaciones que tendrán en la aplicación de la norma. Esa capacitación es fundamental para precisar su utilización, y para evitar desbordamientos que desconozcan los derechos ciudadanos y ocasionen conflictos que desembocan en demandas contra la Nación. Pero no puede decirse lo mismo con respecto a la comunicación que debe ofrecérsele a los ciudadanos. Si bien se produjeron los debates en el Congreso, se hizo la publicación que corresponde para darles legalidad y los medios de comunicación han hablado del asunto, hoy es casi imposible reconocer que los colombianos saben de qué se trata el nuevo Código de Policía, cuáles son las conductas permitidas o sancionadas en él, hasta dónde llegan las facultades de las entidades, dignatarios y autoridades que deberán aplicarlo.En ese sentido, se han cumplido los requisitos para darle legalidad al Código. Lo que no parece existir es el esfuerzo para construir legitimidad a su alrededor. Es decir, para lograr que los colombianos lo conozcan, lo acaten, lo compartan y lo respalden.Sin ese paso, las respuestas a los interrogantes iniciales seguirá siendo negativa. Y de no tomarse las medidas necesarias para enseñar a jóvenes y adultos a entender el nuevo Código de Policía, la medida no producirá los efectos esperados en una sociedad necesitada de convivencia y concordia entre sus integrantes.

AHORA EN Editorial