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El artículo del Fuero

"Quienes están en contra del cambio propuesto, aducen que la aprobación del Fuero Militar no da espera, ante la cantidad de procesos que son adelantados en la Justicia Ordinaria por hechos cometidos en actos de servicio, donde no siempre se tienen en cuenta las características de la actividad militar".

15 de marzo de 2012 Por:

"Quienes están en contra del cambio propuesto, aducen que la aprobación del Fuero Militar no da espera, ante la cantidad de procesos que son adelantados en la Justicia Ordinaria por hechos cometidos en actos de servicio, donde no siempre se tienen en cuenta las características de la actividad militar".

De manera inusual, el retiro del artículo sobre el fuero militar está destapando serias divergencias al interior de lo que se consideraba un acuerdo monolítico de la unidad nacional que acompaña al gobierno del presidente Juan Manuel Santos. Ahora, y en consideración a la importancia que tiene para la labor de la Fuerza Pública frente al combate contra la delincuencia, parece necesario reclamar la reflexión de las bancadas y los partidos para tomar la mejor decisión. La propuesta del Gobierno se dirige a retirar el artículo de la reforma a la Justicia que hace tránsito en el Congreso. Vale la pena recordar que aunque fue aprobado en la primera de las dos legislaturas que establece la Constitución, se incluyó con posterioridad a la presentación de la reforma, lo que desde ya puede producir un debate jurídico que arriesga con ocasionar su anulación por la Corte Constitucional, como quiera que no parece tener la unidad de materia que exige la ley.De la discusión que ahora tiene lugar se puede concluir que el Gobierno se apresuró a incluir ese artículo en la reforma a la Justicia, y que ahora, al presentar un proyecto más estudiado y realizado por expertos constitucionalistas, enmienda el error y cierra las posibilidades de que la iniciativa, necesaria y urgente, sea anulada por vicios de forma o de fondo. Es decir, que el Gobierno mantiene su interés en el Fuero, al punto en que la nueva propuesta lo complementa y lo hace más claro. Una mirada al proyecto que ha presentado el Gobierno indica que se creará un tribunal de garantías para las investigaciones y procesos penales contra uniformados, integrado por magistrados elegidos por los presidentes de las Altas Cortes. Y que habrá un tratamiento especial para juzgar los hechos cometidos por la Policía, además de garantizar que delitos como el de lesa humanidad o violaciones a los Derechos Humanos sean juzgados por la Justicia Ordinaria. Llama la atención que la propuesta incluye el reconocimiento del conflicto en Colombia como argumento para aplicar el Derecho Internacional Humanitario. Quienes están en contra del cambio propuesto, aducen que la aprobación del Fuero Militar no da espera, ante la cantidad de procesos que son adelantados en la Justicia Ordinaria por hechos cometidos en actos de servicio, donde no siempre se tienen en cuenta las características de la actividad militar. Y que volver a empezar implica perder el tiempo que se ha tomado la aprobación del artículo tantas veces citado. Ante el riesgo de que sea declarado inconstitucional el artículo incluido en la reforma a la Justicia, todo indica que lo mejor es actuar con prudencia y aprovechar para estudiar una reforma completa y profunda como la propuesta. En esas condiciones, el afán por responder a la necesidad de cubrir el accionar de la Fuerza Pública en defensa de la ley y del Estado no necesariamente llevará a tomar la mejor de las decisiones. En cambio, y entendiendo la preocupación por la pérdida de tiempo, abocar el proyecto es la oportunidad para discutir frente al país y el mundo una institución necesaria.

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