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¿Prevarican?

¿Los magistrados Pareja y Poveda son ignorantes o de mala fe? En...

12 de febrero de 2012 Por: Rafael Nieto Loaiza

¿Los magistrados Pareja y Poveda son ignorantes o de mala fe? En la sentencia contra Plazas Vega sostienen que las eventuales desapariciones son crímenes de lesa humanidad y de competencia de la Corte Penal Internacional (CPI).Plazas Vega fue primero condenado por once desapariciones, aunque la única que aparece probada en el expediente es la de la guerrillera Irma Franco. En otros nueve casos la ausencia de pruebas es tan evidente que ahora sólo pudieron condenarlo por dos, incluido el administrador de la cafetería. Pero sobre éste último también hay dudas. Ni siquiera su padre pudo identificarlo en los videos de la época. Por eso el magistrado ponente, Hermens Lara, merecedor de todo respeto y reconocimiento, no duda en afirmar que “no se encontró prueba alguna de la desaparición de diez personas”.Pero supongamos que hayan sido dos los desaparecidos. ¿Habría un crimen de lesa humanidad? ¿Y si lo fuera, sería de competencia de la CPI? Para quien lea el Estatuto de Roma, definitivamente no.Dice el tratado que “la competencia de la Corte se limitará a los crímenes más graves de trascendencia para la comunidad internacional en su conjunto” y que de lesa humanidad es, entre otros, la desaparición forzada, siempre que “se cometa como parte de un ataque generalizado o sistemático contra una población civil”. Si no fuera claro, agrega que “por ‘ataque contra una población civil’ se entenderá una línea de conducta que implique la comisión múltiple de [los] actos mencionados contra una población civil, de conformidad con la política de un Estado […] de cometer esos actos”. Por sí mismas unas desapariciones no configuran un crimen de lesa humanidad. Se requiere que se cumplan los requisitos del ataque generalizado y sistemático contra la población civil, la comisión múltiple de esos actos y la política del Estado de cometerlos. Ninguna de esas condiciones se da en el caso del Palacio de Justicia.Aún si hubiera un crimen de lesa humanidad, “la Corte tendrá competencia únicamente respecto de crímenes cometidos después de la entrada en vigor” del tratado, es decir, después del 1 de julio de 2002. Y sólo tendrá competencia complementaria, cuando la jurisdicción nacional no juzga porque colapsó o quiere “sustraer al acusado de su responsabilidad penal”. Nada ocurre en Colombia.¿Por qué entonces la petición de que se lleve Belisario Betancur a la CPI? Estoy seguro de que Poveda y Pareja no tienen ni idea de que es un crimen de lesa humanidad pero también que sí conocen el ámbito de competencia de la CPI. Estoy convencido de que nada quieren con Belisario. Trabajan para a futuro llevar a Álvaro Uribe a la Corte. Por eso se vienen en contra el sistema de investigación que establece la Constitución para juzgar al Presidente de la República. Buscan deslegitimarlo. Según ellos, hay que ir a la CPI para que “impida la consolidación de la impunidad que brinda el fuero que protege al presidente de la República en el ámbito interno colombiano”. Porr supuesto, esta sentencia ratifica la necesidad del fuero. Hay que impedir que la Presidencia de la República quede en manos de jueces como éstos."En un sistema democrático, el poder judicial se legitima por la aplicación de la ley a la que está sujeto, y no por la simple imposición de sus potestades. De manera que el Estado de Derecho se vulnera cuando el juez, con el pretexto de aplicación de la ley, actúa solo [por] su propia subjetividad concretada en una forma particular de entender la cuestión a resolver, y prescindiendo de todos los métodos de interpretación admisibles en derecho, acoge un significado irracional de la norma, sustituyendo así el imperio de la ley por un acto contrario de mero voluntarismo”. Lo dice el Tribunal Supremo español para condenar por prevaricato a Baltasar Garzón. En este caso puede decirse lo mismo.

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