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Poca justicia, algo de verdad, nada de reparación

Santos sigue cumpliéndoles a sus compañeros de las Farc. Ahora entra a ‘estudio’ del Senado una reforma constitucional que busca implementar la Jurisdicción Especial para la Paz (JEP).

12 de febrero de 2017 Por: Rafael Nieto Loaiza

Santos sigue cumpliéndoles a sus compañeros de las Farc. Ahora entra a ‘estudio’ del Senado una reforma constitucional que busca implementar la Jurisdicción Especial para la Paz (JEP).

La JEP le rompe el espinazo a la rama judicial. No se articula de ninguna manera con ella. Es autónoma, excluyente, prevalente y preferente. Está por encima de todos los otros órganos judiciales y de control. No tiene plazo de funcionamiento, puede definir a su favor cualquier conflicto de competencia y sobre sus decisiones la tutela será ineficaz en tanto la JEP tendrá poder de veto cuando la Constitucional pretenda su estudio.

La JEP es, además, un instrumento de impunidad. Por mucho que el Gobierno sostenga que la existencia de una investigación y un juicio supone ‘justicia’, tal cosa solo es cierta cuando la sanción es efectiva. Las sanciones contempladas en la JEP son una mera pantomima. Si además los reos de tales sanciones pueden, al mismo tiempo, ser electos popularmente y ejercer tales cargos, estamos ante una farsa.

La JEP pretende compensar la ausencia de sanción efectiva alegando que, a cambio, pone los derechos de las víctimas en el centro de su preocupación y hace énfasis en la verdad y la reparación. No es cierto. A las víctimas no se les reconoce ningún papel en el proceso penal. Ni siquiera será obligatorio que las Farc les pongan la cara: pueden hacer “reconocimientos colectivos” de responsabilidad. Y contrario a lo que se ha dicho, no pierden sus beneficios si no cuentan toda la verdad. Solo aumentan su pena si no aceptan lo que se les imputa, se van a juicio y los condenan. Pero si ocultan información o responsabilidades penales y la JEP no los acusa y después se sabe de tales hechos o delitos, no les pasa absolutamente nada. Y aunque ahora, después de la insistencia de los voceros del No, en el acuerdo remendado se dice que las Farc deben reparar a sus víctimas con sus bienes, tal obligación no se contempla en la reforma referida y, en todo caso, quienes oculten sus bienes no pierden sus beneficios. Solo correrán el riesgo de que les hagan una extinción de dominio.

A los guerrilleros que estén incursos en delitos continuados, como el narcotráfico, se les da patente de corso. Podrán seguir delinquiendo aun después del 1 de diciembre, fecha en que se supone deberían parar toda acción criminal, porque la JEP dará todos los beneficios que ella contempla “si con posterioridad a esa fecha no han cesado los efectos … de los delitos de ejecución permanente”. Y en ningún lado se dice que quien reincida, sin excepción, pierde todos los beneficios, que es la condición básica para que se cumpla la garantía de no repetición.

La JEP, además, viola principios fundamentales de los derechos humanos, en particular el de legalidad, según el cual nadie puede ser juzgado y sancionado por conductas que en el momento de realizarse no hubiesen estado consagradas como un delito.

No es la única violación a los tratados internacionales. También se vulnera la Convención de Viena sobre narcotráfico que en su artículo 10 prohíbe que tal conducta sea considera como un delito político o conexo. A los narcotraficantes de las Farc ni siquiera se les juzgará. Serán amnistiados.

Para rematar, la JEP terminará concentrada en particulares y agentes del Estado. Los guerrilleros saldrán rápidamente por vía de amnistía y de reconocimientos colectivos de responsabilidad.

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