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Los jueces de la revolución

Un juez puede equivocarse. Hasta los justiciables aceptarán que se falle en su contra. Incluso podrán llegar a sacrificar y permitir todo, menos que la gente pierda la confianza en el equilibrio y la serenidad de sus decisiones.

20 de mayo de 2018 Por: Pedro Medellín

Un juez puede equivocarse. Hasta los justiciables aceptarán que se falle en su contra. Incluso podrán llegar a sacrificar y permitir todo, menos que la gente pierda la confianza en el equilibrio y la serenidad de sus decisiones. En la ‘justeza’ de sus actuaciones. Eso es lo que sostiene su condición de juez. Eso que hace que los ciudadanos acepten que es al juez al único que le compete ejercer “el principio moral que lleva a dar a cada uno lo que le corresponde o pertenece”.

Por eso resulta incomprensible la decisión de los ‘magistrados’ de la JEP (Jurisdicción Especial de Paz), de suspender la extradición de alias Jesús Sántrich. La razón era simple: no tenía la competencia para hacerlo. El Congreso no ha expedido todavía los códigos sobre los que debe operar procesalmente esa instancia judicial. A la JEP, solo le competía contrastar las fechas de ocurrencia del delito mencionado, como un notario que da fe de un dato objetivo. Si esa fecha era anterior a la firma de los acuerdos, decretaba la competencia sobre el caso. Pero si la fecha era posterior a la firma, lo único que cabía era remitirlo a la justicia ordinaria para los trámites de rigor.

Es más, si de los derechos del detenido se trata, no hay que olvidar que el 15 de abril de 2018, Seuxis Hernández, a través de su abogado, solicitó el ‘habeas corpus’ ante el Tribunal Superior de Bogotá, procedimiento que permite “remediar rápidamente la detención ilegal de un ciudadano”.

Como recuerda el Fiscal General en su comunicación al Procurador, la magistrada de conocimiento de ese Tribunal, “negó la pretensión con fundamento, entre otros, en que a partir de la información de la circular roja los hechos por los cuales el señor Hernández es requerido por los Estados Unidos de América habrían ocurrido ‘al menos desde junio de 2017, esto es con posterioridad a la firma del Acuerdo Final suscrito ente el Gobierno Nacional y las FARC-EP’; y que, mientras la Sección de Revisión del Tribunal para la Paz, dentro de sus competencias, determina la fecha precisa de la realización de los hechos, el asunto se gobierna por los mandatos generales que contempla el ordenamiento legal colombiano”.

Pero el asunto no quedó ahí. El 19 de abril de 2018, la Corte Suprema confirmó la decisión del Tribunal Superior de Bogotá, considerando que “la prohibición de aplicar medidas de privación de la libertad con fines de extradición de los integrantes de las Farc-Ep ‘no se extendió para conductas posteriores a la fecha de esa firma [del Acuerdo Final]’, cuya ocurrencia no impide que se cumplan los pasos previstos para solicitudes de extradición ordinarias".

Así las cosas, los jueces ya se habían pronunciado sobre los hechos y a la JEP no procedía otra decisión distinta que la de constatar las fechas en que habían ocurrido.

Como si fuera poco el error, los magistrados de la JEP han tomado una decisión sobre una extradición que todavía no se ha iniciado. El artículo 511 de la Ley 906 de 2004, establece que “el proceso de extradición se inicia con el pedido formal del requerido por parte del Estado Requirente”, circunstancia que todavía no se ha producido por parte de las autoridades de los Estados Unidos.

En la JEP no han sabido guardar el silencio que les impone su condición de magistrados. Se han creído los jueces de una revolución triunfante y que es a ellos a quien compete saldar las cuentas que les impone la transición al ‘nuevo régimen’. Y con eso están poniendo en cuestión el equilibrio, la serenidad y la justeza que deben regir sus actuaciones.

Han socavado la confianza de los ciudadanos. Lo mismo que les sucedió a las Farc cuando creyeron que entregar los bienes era entregar los traperos y escobas que tenían en los cambuches. O que decir la verdad, era aceptar los hechos, decir que eran responsables, pero aclarando que nadie había tomado la decisión de poner la bomba, ni había tomado la decisión de secuestrar o disparar sobre civiles indefensos. Perdieron la confianza de todos.