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La hora de la verdad

Se firmó el Acuerdo con las Farc y comienza la hora de...

28 de noviembre de 2016 Por: Pedro Medellín

Se firmó el Acuerdo con las Farc y comienza la hora de la verdad. Hay que dar vuelta a la página y emprender el camino de la implementación. A partir de ahora, los colombianos vamos a empezar a ver, a vivir y, sobre todo, a recibir los beneficios y pagar los costos de ese acuerdo. En esta hora se va a requerir un gran ingenio y creatividad. Así como vamos a aprovechar los beneficios de no tener más a las Farc, vamos a tener que corregir sobre la marcha los errores, los despistes y las improvisaciones en que incurrieron los negociadores del gobierno y de las Farc, para sacar adelante el acuerdo.La primera dificultad que vamos a enfrentar está en la refrendación de los acuerdos en el Congreso. Ante la necesidad que se planteó el presidente Santos de que los colombianos dieran su aprobación a lo acordado, el texto del acuerdo establece que uno de los caminos para refrendar lo acordado se hará en las “corporaciones públicas elegidas mediante sufragio sobre cuyos miembros recaiga representación con mandato tales como el Congreso de la República”… “y habrá de hacerse como las normas pertinentes o sentencias lo indiquen”. Sin embargo, el problema está en que ninguna norma constitucional o legal faculta al Legislativo a ‘refrendar’ un acuerdo de paz suscrito por el Presidente. Es decir, que los congresistas en ejercicio de sus competencias, no podrán expedir ningún acto de ‘validación’ de una facultad que constitucionalmente tiene en exclusiva el Presidente de la República. Si la tuviera, entonces también tendría su contraria. Esto es, la ‘no validación’. Pero, lamentablemente, no la tiene.Y como la Constitución y la Ley le prohíben al Congreso dar votos de aplauso al gobierno o inmiscuirse en los asuntos del Presidente o los Jueces cuando estén en ejercicio de sus competencias constitucionales, lo máximo que puede hacer es declararse ‘satisfecho’ con el informe que (en desarrollo del Artículo 244 de la Ley 5 de 1992) le rinda el gobierno sobre los acuerdos suscritos con las Farc. Es evidente que esa declaración de satisfacción de ninguna manera le confiere carácter jurídico o fuerza institucional a los Acuerdos. Para que tenga ese carácter, el Acuerdo debería convertirse en una Ley de la República. Y ese trámite es distinto al que invoca el Presidente del Congreso con el Artículo 244 de la Ley 5 de 1992. Pese a lo baladí que pueda parecer esta discusión, resolver ese problema es importante, pues si la refrendación que confiere el Congreso no es otra que la de declararse satisfecho por las gestiones presidenciales, ello no implica que los propios jueces y congresistas estén obligados a cumplir con compromisos que están en los acuerdos, pero que no tienen sustento constitucional o legal.En consecuencia la afirmación de que “Las instituciones y autoridades del Estado tienen la obligación de cumplir de buena fe con lo establecido en el Acuerdo Final”, no tiene validez si no hay una función que taxativamente establezcan la ley o la Constitución en esta materia.Y allí, la composición y funciones de instancias como la ‘Comisión de Seguimiento, Impulso y Verificación a la Implementación del Acuerdo Final’, la ‘Comisión Nacional de Garantías de Seguridad’, la ‘Unidad Especial de Investigación’, el ‘Sistema Integral de Seguridad para el Ejercicio de la Política’, o el ‘Programa Integral de Seguridad y Protección para las Comunidades y Organizaciones en los Territorios’, dependerán de la legislación que expida el Congreso en desarrollo de sus competencias. Y con la derrota del plebiscito, el gobierno no puede forzar a los Congresistas a legislar como quiera. Eso lo podía hacer si hubiera ganado el Sí.Por fortuna, el gobierno tiene las facultades para desarrollar el punto 1 de ‘reforma rural integral’. Comenzar la implementación por esta ruta será muy positivo para los campesinos y para la economía.