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Días de paz

Jesús de Nazaret nace en un país invadido por el enemigo, mientras...

24 de diciembre de 2011 Por: Óscar López Pulecio

Jesús de Nazaret nace en un país invadido por el enemigo, mientras sus padres tratan de cumplir una ley de ocupación, como es la obligatoriedad del censo. Es condenado a muerte por un gobierno de ocupación, bajo el velado cargo de sedición. Los romanos crucifican sin pruebas, como delincuente común, a un líder que consideran un peligro político, entregado por los ‘colaboracionistas’. El carácter subversivo de su mensaje consiste en una prédica de convivencia y de paz, que genera desconfianza en unos y otros. También hubiera padecido bajo la legislación de la Colombia de hoy, que aún no ha identificado con claridad los mecanismos de solución de sus conflictos.El esfuerzo que ha hecho la Comisión de Paz del Congreso de la República, con ponencia del senador vallecaucano Roy Barreras, por crear un marco constitucional para la justicia transicional, proyecto que fue aprobado en su primera vuelta, busca poner en su justa dimensión el problema judicial creado por un conflicto interno, en el cual sus participantes, que se cuentan por decenas de miles, no podrían ser enjuiciados individualmente, como la lo manda hoy la Constitución, pero cuyos protagonistas no podrían gozar de impunidad. La justicia transicional que es una manera de resolver un conflicto interno, se define como “un proceso donde es necesario equilibrar las exigencias jurídicas y las exigencias políticas que requieren dichas transiciones”. La legislación colombiana ya ha avanzado en el terreno legal con diversas normas de justicia transicional, como la 418 de Orden Público, la 975 de Justicia y Paz, la 1424 de desmovilizados y la Ley de Víctimas, sin que haya para ellas un marco constitucional que adecúe la ley fundamental a situaciones que no existían en el momento de su expedición en 1991, que de hecho fue un acto de reconciliación nacional, para lograr el cual se utilizaron los instrumentos vigentes en la época, como la amnistía para el M-19 por delitos como la toma del Palacio de Justicia, que hoy no podrían tener el mismo tratamiento, dados los compromisos internacionales sobre respeto a los derechos humanos adquiridos por Colombia desde entonces.El precio que se paga por la paz pública es siempre alto, exige generosidad y sacrifico, difíciles concesiones políticas y aceptación de duras realidades. No puede limitarse a la cárcel o a la muerte, para recuperar la tranquilidad ciudadana, como le sucedió a Cristo. Se habla de 340.000 casos que Colombia tendría que judicializar, si se quiere respetar la constitución vigente y la sed de justicia de los ofendidos. Plantear el tema de esa manera es un recurso para no resolverlo nunca; de nunca romper esa cadena de odios y venganzas que pasa de generación en generación. La verdad, la justicia, la reparación y la garantía de no repetición es parte substancial del bálsamo con que hay que aliviar las heridas del alma nacional, tan desgarradoras. En la Constitución, que es ley de leyes, no debe haber problemas circunstanciales, pero no habría ningún argumento técnico para sostener que un asunto como el reconocimiento y la solución misma del conflicto interno, que ha ocupado la actualidad nacional por decenios, no deba estar allí, y que la justicia transicional no deba tener ese rango constitucional para que sea respetada y acatada en todo lo que vale y en todo lo que cuesta, especialmente en el reconocimiento político de un adversario cruel. Un tema más que oportuno para plantear hoy, en la Noche de Paz, que debería presagiar días de paz.

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