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Foto de referencia. Migración Colombia tramitó la deportación de la colombiana Echeverría desde Suiza. | Foto: Archivo de El País

Despenalizar

La Corte ya se había pronunciado, al menos mediante tres sentencias, sobre el asunto, y es indudable que sus fallos habían hecho tránsito a cosa juzgada constitucional.

23 de febrero de 2022 Por:

La Corte Constitucional, mediante fallo adoptado con una precaria mayoría, ha decidido despenalizar el aborto cuando la conducta se cometa dentro de las primeras 24 semanas, es decir, en el curso de los seis meses siguientes a la concepción.

Como ahora la Corte suele demorar varios meses la entrega del texto final de la sentencia, no conoceremos pronto sus fundamentos, y menos todavía los salvamentos y aclaraciones de voto. Entre tanto, solamente habrá celebración y jolgorio por parte de quienes estiman que quitar la vida al que está por nacer es algo que constituye un derecho de la mujer porque ella decide “sobre su propio cuerpo”, como si se tratara de cortarse las uñas.

La Corte ya se había pronunciado, al menos mediante tres sentencias, sobre el asunto, y es indudable que sus fallos habían hecho tránsito a cosa juzgada constitucional. Es decir, estaba fallado que, materialmente, consagrar el delito no desconocía la Constitución. Luego carece de sentido que algo declarado antes ajustado a la Constitución -sin que hayan cambiado las normas constitucionales, según las cuales el derecho a la vida es inviolable, ni el artículo 4 de la Convención Americana sobre Derechos Humanos, a cuyo tenor el derecho a la vida se tiene “en general, a partir del momento de la concepción”- ahora, por cuenta de las presiones, haya pasado a ser inexequible.

Ahora bien, desde el tiempo en el cual ejercí la magistratura en la Corte Constitucional, siempre he pensado que en una democracia quienes deben decidir mediante ley qué es delito y qué no, son los representantes del pueblo, es decir las cámaras legislativas, no cinco magistrados. La Corte puede decidir si al ejercer el Congreso sus atribuciones ha vulnerado o no la Constitución, por razones de fondo o por motivos de forma o procedimiento, pero no debe sustituirlo. Y, si en varias sentencias había sostenido que no había violación de la Carta Política al consagrar el delito de aborto, no se ve la razón para estimar ahora que las disposiciones correspondientes sean contrarias a ella.

Se dice que esta decisión redundará en beneficio de las mujeres que quieran abortar, puesto que se acabarán los abortos clandestinos, que -estoy de acuerdo- han causado la muerte o graves males a muchas de ellas, dadas las condiciones antihigiénicas y sin conocimiento de quienes los practican. Ojalá fueran erradicados tales procedimientos, perome temo que si no hay medidas de control, las mujeres más pobres seguirían acudiendo a esos antros, en razón de sus escasos recursos.

Finalmente, a riesgo de recibir insultos, debo reiterar que, en mi criterio personal, cada aborto es un crimen, cometido contra un ser vivo completamente indefenso. Y que, aunque haya quedado despenalizado, es necesario que las mujeres, desde su infancia, sean educadas en la sexualidad y formadas en un concepto ético sobre la maternidad.