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Creadores de opinión

Celebraba hace unos días Mario Vargas Llosa el hecho de que, tras...

2 de febrero de 2015 Por: José Félix Escobar

Celebraba hace unos días Mario Vargas Llosa el hecho de que, tras la tragedia de Charlie Hebdo, el debate de las ideas hubiera vuelto a Francia. Es triste pero muchas veces sucede: se requiere de eventos desgraciados para que las sociedades despierten de sus letargos. En efecto, en Francia, tras los atentados, gobernantes, dirigentes políticos, parlamentarios, intelectuales y académicos han sido pródigos a la hora de enunciar sus opiniones, casi todas por cierto en favor de mantener una férrea concepción de la libertad de expresión.Ellos son los forjadores de la opinión en una democracia moderna. Y la fluida expresión de las ideas es el sustento insustituible de la democracia. Tal como asegura Pierpaolo Barbieri, destacado profesor argentino de Harvard, “la democracia no se anuncia, se practica”. En este aspecto todas las tiranías son cínicas, y desde Corea del Norte hasta Venezuela, desde Guinea Ecuatorial hasta Cuba, las dictaduras se autoproclaman democracias. La “prueba ácida”, sin embargo, consiste en determinar qué grado de libertad de expresión existe en cada país.Colombia –contrario a lo que acaba de decir un estudio de Freedom House sobre la materia– ofrece un panorama de amplio respeto a las opiniones más diversas. Existen, es innegable, choques puntuales entre los reaccionarios de todas las tendencias y los partidarios de la libertad de expresión; ha habido regiones en las cuales se es muy intransigente con quienes opinan diferente; pero no cabe duda acerca de que el cuerpo social colombiano practica una tolerancia bastante extendida en relación con las opiniones no coincidentes.Nuestro sistema democrático señala con claridad que la libre expresión de las opiniones es privilegio de todos los particulares, sin restricciones diferentes a las derivadas de lo que tradicionalmente se denomina “la moral y las buenas costumbres”. Pero no sucede lo mismo con los funcionarios estatales. La Constitución en su artículo 6º impone a los servidores públicos la carga de actuar exclusivamente dentro el marco de las funciones que la propia Constitución y las leyes les establecen. Si existe un acto político por definición es el de tratar de formar opinión alrededor de determinadas maneras de orientar a la sociedad. Por consiguiente, son muy pocos los funcionarios públicos que tienen dentro de sus facultades la posibilidad de crear opinión. El Presidente de la República es el primero y principal. En el caso del primer mandatario, su libertad para emitir opiniones no es ilimitada pero es muy extensa. Los congresistas tienen igualmente una amplia posibilidad de influir en la opinión pública. En una democracia de libre expresión como la nuestra, los congresistas pueden exponer públicamente los puntos de vista de los partidos y movimientos a que pertenecen, pero sin llegar a inmiscuirse en asuntos de otras ramas del poder. Y pare de contar.Ningún otro funcionario goza de la libertad de acudir a la opinión pública en apoyo de ideologías predeterminadas o de tesis particulares. Esa libertad no está dentro de las funciones del alcalde de Bogotá, ni de los directores de organismos de control, los magistrados de las altas cortes o el jefe del ente acusador. Por ello hay que anotar un punto a favor del presidente Santos Calderón en su reciente y enérgica respuesta a un virtual emplazamiento que se le formuló desde la Procuraduría.

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