El pais
SUSCRÍBETE

La JEP de ‘Santrich’

El país espera que la JEP entre en razón, más a raíz de los últimos hechos. Está en juego su credibilidad, la del sistema de justicia, y la del proceso de paz.

19 de mayo de 2019 Por: Francisco José Lloreda Mera

Es prematuro saber en qué terminará el episodio de la libertad y recaptura de ‘Santrich’, que tiene dividido al país. No lo es para analizar el proceder de la Jurisdicción Especial de Paz, JEP, con relación a la decisión de no autorizar la extradición del exguerrillero, lo que ha generado un sismo político y judicial. Y más, cuando le corresponderá decidir el recurso de apelación de la Procuraduría en contra de la decisión del tribunal especial.

Para iniciar debemos distinguir dos situaciones fácticas con efectos jurídicos distintos: las pruebas por las que Estados Unidos acusa a ‘Santrich’ de narcotráfico (que no son de la incumbencia legal de la JEP) y las pruebas de si los hechos delictivos ocurrieron o no con posterioridad al 1 de diciembre de 2016, día de la firma del acuerdo de paz, fecha a partir de la cual los guerrilleros desmovilizados pierden el tratamiento penal especial.

Respecto al primer punto, a la JEP no le corresponde evaluar el material probatorio de la Justicia norteamericana sobre los delitos que se le imputan al exguerrillero; eso es del resorte del país que pide la extradición. Ello explica por qué Estados Unidos no envió pruebas sobre la acusación. Es de esperar, además, que el acerbo probatorio sea mayor que el que se conoce, como lo sugiere el video que circuló hace pocos días en las redes.

Es entonces sobre el segundo punto que debe cifrarse la discusión: si la sala de revisión de la JEP contaba con los elementos para determinar la fecha en que se presentaron los hechos por los que se solicita a ‘Santrich’ en extradición. Indica el tribunal especial que no contaba con ellos; opinión contraria tienen la Fiscalía, la Procuraduría y el Gobierno norteamericano. Está por verse si los hechos recientes dan mayor claridad al respecto.

Pero más allá de la discusión jurídica está el proceder de la JEP. A juzgar por los hechos, la decisión de no extraditar a ‘Santrich’ está tomada desde hace un año y lo que ha habido no es más que una tomadura de pelo; una estrategia dilatoria para burlar lo establecido en el acuerdo de paz para casos de reincidencia y el tratado de extradición, abrogándose funciones que no le corresponden, y dejando un tufillo de complicidad con el criminal.

Contrario a lo que algunos creen y en especial los defensores a ultranza del acuerdo con las Farc, la decisión de primera instancia de la JEP debilita el proceso de paz y mina la credibilidad de la jurisdicción especial. Y le da razón a quienes creen que la arrogancia y cinismo de ‘Santrich’ -y su certeza de que el tribunal no iba a autorizar su extradición- es una prueba de que a eso se comprometieron con el exguerrillero. Se sentía intocable.

En razón de lo anterior, la decisión de apelación de la Procuraduría es oportuna. Lo es porque seguramente aportará elementos de juicio sobre la fecha de ocurrencia de los hechos delictivos, que la sala de revisión de la JEP no tenía o no valoró como debía; y lleve al tribunal a concluir lo que es una verdad de bulto: que ‘Santrich’ es reincidente y que no puede cobijarse con el manto de impunidad creado exprofeso para esa guerrilla.

El país espera que la JEP entre en razón, más a raíz de los últimos hechos. Está en juego su credibilidad, la del sistema de justicia, y la del proceso de paz. Flaco favor se le hace a la paz si la aplicación del acuerdo es sesgada y no se sanciona la reincidencia. El país necesita una jurisdicción seria e imparcial, no una de bolsillo de los criminales. ‘Santrich’ debe ser extraditado. Los hechos son tozudos. Cualquier otra opción es inaceptable.

Sigue en Twitter @FcoLloreda

AHORA EN Francisco Jose Lloreda Mera