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El protocolo

El protocolo de protesta social que está empeñado en expedir el Gobierno Nacional no es una simple “compilación de jurisprudencia” como lo señala el Ministro del Interior.

29 de julio de 2018 Por: Francisco José Lloreda Mera

El protocolo de protesta social que está empeñado en expedir el Gobierno Nacional no es una simple “compilación de jurisprudencia” como lo señala el Ministro del Interior. Establece “lineamientos para la adopción de medidas dirigidas a respetar y garantizar el ejercicio de la protesta”. En lo que poco ahonda la disposición es en los derechos de los demás colombianos, los que no están en la protesta o son blanco de sus desmanes.

El derecho de reunión y manifestación pública y pacífica está consagrado en nuestra Constitución con fundamento en la Declaración Universal de Derechos Humanos. En el caso de Colombia, como en la mayoría de naciones, no es un derecho absoluto o total o sin límites, pues a través de ley “se pueden establecer de manera expresa los casos en los cuales se podrá limitar el ejercicio de este derecho”. No es una Patente de Corso.

Y no lo es, porque quienes no son parte de la protesta social también tienen derechos, al menos en el papel pues en el caso de Colombia cada día se respetan menos. Derecho a trabajar, a desplazarse por el territorio y a desarrollar una actividad económica lícita; derecho a que sus vidas, bienes y honra sean protegidos por el Estado, en igualdad de condiciones; a que sus derechos importen a la par de los que protestan.

Pero no es así. En Colombia quienes protestan son ciudadanos de primera y quienes no protestan, de segunda. Basta recordar, para dar unos ejemplos, los bloqueos a la vía Panamericana en el sur del país, los frecuentes actos de vandalismo que acompañan las marchas en Bogotá, los bloqueos a la industria petrolera como medio de extorsión, y algunos paros de maestros en detrimento del derecho de los niños a la educación.

En ese contexto, en que el ejercicio legítimo de la autoridad cada día se desvanece más, el Gobierno Nacional pareciera decidido a expedir un protocolo de protesta sesgado, con una narrativa sutil pero claramente direccionada que apunta a revestir de manera efectiva de mayores garantías a quien protesta, en detrimento de los derechos de los demás colombianos, a los que el protocolo dedica unas pocas líneas.

En estricto sentido jurídico el protocolo no es una disposición que regule la protesta, pues por instrucción de la Corte Constitucional esa es una competencia de la Ley. Pero eso no significa que sea un documento inocuo e inofensivo, como se lo han presentado al país. Si lo fuera, para qué lo expiden. La insistencia en sacarlo tiene el propósito de dar una primera puntada en la regulación de la protesta social. Por la puerta de atrás.

¿Desde cuándo una compilación incluye objeto, objetivos específicos, consideraciones legales, enfoques, definiciones, principios, instancias de coordinación, procedimientos, funciones, obligaciones y deberes, mecanismos de verificación y seguimiento? ¿Desde cuándo una “compilación jurisprudencial” es el medio para atarle aún más las manos a nuestra Fuerza Pública, condicionándole en la práctica el cumplimiento de su deber?

Sería oportuno que le contaran al país que el objetivo inicial era expedir una ley de participación y otra de garantías para la protesta en el marco del acuerdo de paz con las Farc y hace poco se optó por el protocolo; que el Gobierno se había comprometido a no expedirlo pues no está suficientemente discutido, incluso dentro del mismo Gobierno; y que no es fruto de una concertación con el sector privado; al menos no con el que represento. Presidente Santos, por el bien del país, detenga ese protocolo.

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