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Constitución exitosa

El cuatro de Julio de 1991 entró en vigencia la Constitución de...

2 de julio de 2016 Por: Fernando Cepeda Ulloa

El cuatro de Julio de 1991 entró en vigencia la Constitución de 1991, considerada un Tratado de Paz, no porque hubiera sido acordada en las negociaciones con el M-19 sino porque, además de este grupo, participaron el PRT (Partido Revolucionario de los Trabajadores), el Frente Quintín Lame (guerrilla indigenista), la corriente de Renovación Socialista; igualmente porque se introdujo el Estado Laico y, así, se colocaron en pie de igualdad otras expresiones religiosas distintas de la Católica, Apostólica y Romana. Los pueblos indígenas y la población afrodescendiente alcanzaron plenos derechos y el resto de la ciudadanía por vía de la tutela, las acciones populares y la Carta de los Derechos, bien guardados por la Corte Constitucional, encontraron reconocimiento de una ciudadanía plena, que no existía en la Constitución de 1886. Desapareció la figura del Estado de Sitio que tanto limitó el ejercicio de las libertades públicas y cuesta trabajo creer que durante estos 25 años, cuando el conflicto se ha agudizado (guerrillas fortalecidas, carteles de la droga, paramilitares, crimen organizado), los Gobiernos hayan manejado la situación sin poderes extraordinarios.Fue un proceso político que inició López Michelsen, cuando planteó la conveniencia de convocar una Asamblea Constitucional para estudiar dos problemas estratégicos: la Administración de Justicia y la Descentralización. Infortunadamente todavía pendientes y aún más complejos en la actual coyuntura. La Corte Suprema la declaró inconstitucional. Así se inició una etapa de dificultades institucionales que Mario Latorre Rueda denominaría “una sociedad bloqueada”. Lo propio le ocurriría a la Administración Turbay con una reforma que apenas tuvo vigencia de un año; y a la de Belisario Betancur que no logró su aprobación.Virgilio Barco, el 30 de enero de 1988, en carta al Director de El Espectador, al plantear la conveniencia de reformar el artículo 13 del Plebiscito de 1957 que prohibía un nuevo plebiscito desató un proceso político-jurídico que llevó a la aprobación de la convocatoria de una Asamblea Constituyente. El Presidente Gaviria efectivamente la convocó en Diciembre de 1990. Sus trabajos se iniciaron el 5 de Febrero de 1991.Un cambio institucional enormemente significativo, imposible de describir en una columna. Se promulgó una Constitución adecuada a los nuevos tiempos, la globalización, la nueva teoría de la Gobernabilidad Democrática que reconoce el papel del Estado, del Gobierno y de la Sociedad Civil y la importancia de los organismos independientes y de la participación de los ciudadanos en el proceso decisorio.Infortunadamente, los congresistas que no habían sido protagonistas del proceso constituyente, al retomar sus curules por nueva elección popular, introdujeron algunas reformas nefastas y no hicieron la tarea que les correspondía: desarrollar las nuevas normas constitucionales. Hicieron, sí, uso, adecuado unas veces, inapropiado otras, de la flexibilidad que introdujo la nueva Carta, para reformarla con un proceso menos exigente. Ello ha permitido, por ejemplo, adecuaciones tan significativas como las que se han introducido recientemente, en previsión de los preacuerdos de La Habana. Así se ha cerrado el círculo del Tratado de Paz suscrito en 1991 y por ello vemos a las Farc acogiéndose plenamente a la institucionalidad existente.El proceso político cambió radicalmente, el bipartidismo desapareció, la sociedad civil y los derechos fundamentales adquirieron protagonismo, surgieron nuevos liderazgos políticos, particularmente en alcaldías y gobernaciones. Una institucionalidad para el buen manejo macroeconómico. Una Constitución transformadora y exitosa.

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