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Ansias de censura

Si tras la orden de restituir a Juan Carlos Abadía en la...

9 de julio de 2010 Por: Diego Martínez Lloreda

Si tras la orden de restituir a Juan Carlos Abadía en la Gobernación, quedaba alguna duda acerca de la incompetencia del Consejo Superior de la Judicatura para actuar como juez constitucional, la propia Presidenta de la Sala Disciplinaria de ese ente se encargó de disiparla. En un hecho insólito, la magistrada Carlina Varela, puso el grito en el cielo por que un medio de comunicación se negó a violar uno de los pilares de la Constitución del 91 y de la democracia misma. E hizo el reclamo por escrito, como para que quedara constancia. La norma que a Varela le hubiera gustado ver violada es, ni más ni menos, la libertad de expresión, consagrada en el artículo 20 de la Carta, que “garantiza a toda persona la libertad de expresar su pensamiento y opiniones, la de informar y recibir información veraz e imparcial...”. Pues resulta que, en comunicación enviada a la Dirección de El País, la magistrada sostiene: “Habría sido mejor, sin duda, que se informara antes de publicar semejante adefesio que, reitero, no entiendo cómo, previo el filtro que deben tener las directivas del periódico pudo ser publicado...”.La columna que a la doctora Varela le pareció un adefesio y cuya publicación generó su protesta se tituló ‘Zancadilla a la Justicia’ y es de mi autoría. Ella tiene todo el derecho de considerarla un adefesio. Lo que sí es increíble, insisto, es que alguien que tiene la responsabilidad de salvaguardar la Constitución, reclame porque no se “FILTRE” un escrito de opinión. Petición que no es más que una forma eufemística de solicitar que tal texto sea censurado.De seguro esta guardiana de la Constitución que estuvo tan presta a hacer respetar el derecho al debido proceso de Abadía, pero que no tiene el menor reparo en sugerir que se viole mi derecho a opinar, ignora las múltiples sentencias en las que la Corte Constitucional ha ordenado preservar tal derecho. Por ejemplo, la T-066 de 1998, que afirma que “toda persona es libre de opinar, sin importar qué tan molesta, equivocada, provocadora, revolucionaria o inmoral pueda ser la idea expresada”. Pero el peculiar reclamo de la magistrada Varela no sólo atenta contra la Constitución Nacional. También va en contra del artículo 13 de la Convención Americana de Derechos Humanos, que señala que “toda persona tiene derecho a la libertad de pensamiento y expresión. Este derecho comprende la libertad de buscar, obtener y difundir informaciones e ideas, por cualquier medio escogido para el efecto y SIN CENSURA PREVIA”. Es tan importante para nuestra democracia el derecho a la libre expresión que la Corte ha subrayado “la primacía de esta libertad frente a otros derechos, valores y principios constitucionales en casos de conflicto...”. Tras la protesta de la magistrada Varela porque no se FILTRÓ una opinión no puede haber sino un flagrante desconocimiento de la Constitución o una falta de sindéresis tal, que la encegueció y la llevó a cometer semejante metida de pata. Me queda claro que, por ignorancia o intemperancia, esta señora no es apta para custodiar este pilar del Estado de Derecho. Lo que, por demás, ya había demostrado con su apoyo al fallo de sus colegas en el caso Abadía.

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