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‘Justicia’ en dos minutos

1. Justicia ‘veloz’. Guardo especial respeto por la Justicia en...

4 de enero de 2017 Por: Carlos Mejía Gómez

1. Justicia ‘veloz’. Guardo especial respeto por la Justicia en general y por los jueces en particular. No hay dignidad más digna ni trabajo más trabajoso. Pero hay casos que sorprenden y que la opinión debería conocer y condenar. Me cuentan un caso asombroso. Una audiencia de sustentación y fallo duró dos minutos. ‘Justicia veloz’. Le dijeron: señor juez, esperemos unos minutos al apoderado que viene en camino debido a una calamidad doméstica. El togado, de muy mal humor: el recurso ya fue declarado desierto y la decisión está tomada. ¡En segundos! No había nada qué hacer.2. Justicia ‘feroz’. Me informan que el apoderado había estado desde temprano en el Palacio de Justicia pero debió concurrir de urgencia a una clínica donde había sido intervenida quirúrgicamente una hermana suya. Él era el único consanguíneo de la enferma en la ciudad (su hijo vive en el exterior). Regresó en cosa de minutos.Pero a esta ‘justicia veloz’ hay que agregar el mal humor del juez. Una cosa es carácter y otra mal carácter. El juez no admitió razón alguna. Pienso que la Justicia no debe ser ‘feroz’.De nada valieron las certificaciones médicas y clínicas.3. La tardanza del juez. Pero me agregan que el juez había perdido autoridad en el caso ya que había llegado bastante tardíamente a la sala de audiencias. Sin embargo el poder de juez le permitió excusarse a sí mismo pero ser inflexible con el litigante que padecía una calamidad familiar y, por ende, un estado de fuerza mayor.Dice el artículo 228 de la Constitución: “Los términos procesales se observarán con diligencia y su incumplimiento será sancionado”. Si esta norma obliga a los particulares tanto más comprende a los funcionarios judiciales. En este caso, según se observa, el juez se autoexoneró pero, en cambio, infligió un ‘castigo’ irreparable al apoderado y, por ende, a la parte más débil del proceso. En segundos.4. El juez habló. Pude conocer documento en el que el señor magistrado disculpa su demora. Primera excusa, casi pueril (pero, además, contraria a la verdad dado que ya había fallado): “Es que me hablaron al ingresar y me distrajeron”. (¿¿¿!!!!). Segunda excusa, absolutamente inimaginable en un magistrado: es que una funcionaria del Despacho (sin que el juez llegara al estrado), estaba cumpliendo con el ‘trámite de precatalogación’ de la audiencia. ¿Un funcionario diligente y previsivo no dispone tal trámite con suficiente tiempo previo? Pero para la audiencia misma: sin sustentación alguna, un fallo en dos minutos.5. Consecuencias. El experto que me contó el cuento, concreta algunos efectos del asunto: El juez: 1) dejó a la débil parte pasiva sin defensa; 2) sin ‘sustentación’ alguna, falló en segundos; 3) llegó bastante retrasado a la sala; 4) condenó por leve tardanza al apoderado quien padecía de una fuerza mayor. 5) por tratarse de una apelación, el juez echó por la borda el sagrado derecho a la doble instancia consagrado en la Constitución en sus artículos 29, 31, 86. ¿El poder para qué?Pienso que casos como este son una excepción. Por eso mantengo mi defensa firme a los jueces de la República.