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El derecho al revés

1.Cuando el Derecho era recto. Fueron buenos tiempos. La Constitución era sagrada....

25 de mayo de 2016 Por: Carlos Mejía Gómez

1.Cuando el Derecho era recto. Fueron buenos tiempos. La Constitución era sagrada. Siendo aún estudiantes de derecho, el profesor Rodrigo Noguera Laborde nos puso a estudiar los clásicos. Fuimos cinco alumnos, entre ellos, Hugo Palacios Mejía, Carlos Zorro Sánchez y este servidor. Hugo escribió su ‘Introducción a la teoría del Estado’, pieza maestra. Zorro publicó su obra ‘El Parlamento’, lo más denso y profundo en la materia. Yo publiqué mi ‘Teoría de la Constitución’. Esas obras nos sirvieron para graduarnos en la Javeriana.Los magistrados de las Cortes sólo hablaban entre ellos y en plan de estudio juicioso. No discutían sus tesis ante el público. Solo se manifestaban a través de sus providencias. Los fiscales generales acusaban o no en silencio mudo. Y así.Desde los tiempos de Bolívar se reconoció a Venezuela como un cuartel, al Ecuador como un convento y a Colombia como una universidad. Bogotá era la Atenas Suramericana. Por su cultura y por su elevadísimo respeto a las autoridades, incluidas las jerarquías judiciales.2. Constitución manoseada. Los países más serios y organizados disponen de una Constitución muy clara y muy breve. En ella deben estar los trazos fundamentales de la democracia y el Estado. Aquí tenemos una Carta Magna extensa y reglamentaria. Además, se le han hecho tantas reformas y remiendos que resulta imposible mantener articulación y coherencia.La Corte Constitucional asume tantas atribuciones que no se sabe hasta dónde pasa de poder judicial a poder legislativo. Y aún entre las cortes se presentan tan estruendosos ‘choques de trenes’ que se pone en duda en muchos casos cuál es el tribunal de cierre, si es que tal cierre se produce. Y hoy unos mismos actos están demandados ante la altísima Corte y ante el Consejo de Estado. (¿Y si resultan contrapuestas sus decisiones?)3. Justicia y paz. Personalmente espero que el proceso de paz en La Habana culmine exitosamente. No comparto las predicciones apocalípticas de personas serias de mis afectos. Tiene que haber formas alternativas a la cárcel para permitir la paz pero sin impunidad.Hay un entramado jurídico que ojalá alguien entienda y explique. Ya era difícil responder todo lo relacionado con el Tribunal Especial de Justicia (los nombramientos, las funciones, los alcances, la duración…). Tampoco es fácil establecer los alcances y límites de la justicia transicional (verdad, justicia, reparación, no repetición).4. Acuerdo especial. Luego del complejo ‘equilibrio de poderes’ (Cortes y fiscales quieren evitar el Tribunal de Aforados en reemplazo de la Comisión de Acusación de la Cámara) , el Congreso acaba de expedir un acto legislativo (una enésima reforma constitucional), éste sí con aspectos sorprendentes. Los acuerdos de La Habana alcanzan rango de Acuerdo Especial entre el Estado y las Farc: como un ‘tratado’ que ingresa al ‘bloque de constitucionalidad’. Con la sana intención de blindar de sostenibilidad al proceso de paz ingresamos, así, a una nueva esfera del derecho y de la vida constitucional. Todo esto justificaría toda una nueva teoría del Estado y de la Constitución que ojalá alcancemos a asimilar en el resto de nuestras vidas.