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Fallos sin justicia

Nuestro sistema judicial requiere cirugía mayor, pero ese tratamiento no puede ser...

30 de julio de 2012 Por: Antonio de Roux

Nuestro sistema judicial requiere cirugía mayor, pero ese tratamiento no puede ser administrado por un Congreso al que solo importan sus propios privilegios. Por eso las soluciones de fondo han de tener carácter extraordinario, como sería una Asamblea Constituyente. Sin embargo tal alternativa presenta grandes peligros. José Obdulio Gaviria y los áulicos de Álvaro Uribe podrían aprovechar la ocasión para montarnos en una reelección perpetua del nostálgico ex Presidente. Mientras tanto los ciudadanos debemos mantener el ojo abierto, opinando sobre el desempeño de aquellos operadores judiciales que caen en el error de emitir fallos marcados por lo formal, lo procedimental, lo burocrático y sin contenido sustancial de justicia. En este orden de ideas conviene rememorar dos providencias recientes.En Cali el Juez 25 Penal de Garantías resolvió una tutela ordenando devolver a las calles 294 vehículos colectivos. De esta manera, y con el argumento de proteger las expectativas de unas pocas personas, se violentó el derecho de los caleños a disponer de un aire de mejor calidad, unas calles transitables, un transporte público sostenible. El juzgador dejó de lado las garantías prevalentes de los ciudadanos en relación con la vida, la salud y el libre desplazamiento. Tampoco pareció importarle que los querellantes hubiesen desdeñado la vía administrativa, la idónea para defender sus derechos. Como si fuera poco, y según menciona la prensa, el magistrado habría ignorado un pronunciamiento de la Corte Constitucional que señala los alcances de las tutelas referidas al transporte masivo.Pero lo que me tiene perturbado y decepcionado es la sentencia condenatoria en segunda instancia, emitida por la Sala Penal del Tribunal Superior de Cali contra el Padre Raymond Schambach Garcés. La cuestión es que el fallo en una omisión notoria, ni siquiera considera las características y la personalidad del imputado. Raymond Schambach no es un hampón y todo el país lo sabe. Ha dedicado su vida a servir a la humanidad con desprendimiento ejemplar. Si algo pudiera tachársele es su absoluta buena fe y su confianza ingenua en los seres humanos.La sentencia recorre una línea de análisis puramente objetiva, formalista y condena a Raymond a 82 meses de cárcel. No tiene en cuenta las características del sujeto acusado, no indaga sus motivaciones ni sus antecedentes. Prescinde de la solicitud de absolución presentada por el Ministerio Público y no se toma el trabajo de examinar la suplantación de la que pudo ser víctima. Para agregar más desconcierto los argumentos de la defensa son despreciados y no hay condescendencia aplicando figuras que pudieran beneficiar al imputado, como el principio de oportunidad que en nuestro sistema penal se prodiga con frecuencia a los reales delincuentes.Los ciudadanos y la academia con sus reflexiones pueden jugar un papel crucial para asegurar la calidad de las sentencias judiciales, poniéndolas a salvo de la mera formalidad y del vacío. Hay países donde con ese propósito se desarrollaron observatorios del desempeño jurisdiccional, o se han establecido sistemas explícitos de premio y censura a los mejores o a los peores fallos. Tal sucede en España con los premios Cicerón y Catilina. En Colombia llegó la hora de seguir estos buenos ejemplos.