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Seis casos de 'falsos posítivos' pasan a la Corte Interamericana de Derechos Humanos

El juzgamiento de la Corte sobre estos casos pueden significar una millonaria condena al país.

2 de mayo de 2016 Por: Elpais.com.co | Colprensa

El juzgamiento de la Corte sobre estos casos pueden significar una millonaria condena al país.

La Comisión Interamericana de Derechos Humanos, Cidh,  presentó ante la Corte Interamericana de Derechos Humanos (Corte IDH) seis casos de 'falsos positivos' para su juzgamiento, lo cual puede significar una millonaria condena al país. Lea también: Más de cinco mil agentes del Estado son investigados por falsos positivos, dice la Fiscalía

Los casos se relacionan con las ejecuciones extrajudiciales de Gustavo Giraldo Villamizar Duran, el 11 de agosto de 1996; de Elio Gelves Carrillo, el 28 de mayo de 1997; de Carlos Arturo Uva Velandia, el 21 de junio de 1992; y de Wilfredo Quiñónez Bárcenas, José Gregorio Romero Reyes y Albeiro Ramírez Jorge, el 4 de septiembre de 1995.

 La Comisión estableció que todas estas muertes ocurrieron de manos de agentes de seguridad del Estado y tuvieron lugar en el contexto denominado como “falsos positivos”, esto es, civiles asesinados para ser presentados como integrantes de grupos armados ilegales dados de baja en combate, para lo cual se utilizan diversos mecanismos de distorsión de la escena del crimen y de las circunstancias de modo, tiempo y lugar en que ocurrieron los hechos.

 Además de la determinación de la privación arbitraria del derecho a la vida en los casos de Gustavo Giraldo Villamizar Duran y de Elio Gelves Carrillo, la Comisión también encontró una violación del derecho a la honra y la dignidad debido a que fueron presentados como miembros de grupos armados ilegales.

 Asimismo, en los casos de Elio Gelves Carrillo, Carlos Artuvo Uva Velandia, Wilfredo Quiñónez Bárcenas, José Gregorio Romero Reyes y Albeiro Ramírez Jorge, la Cidh determinó que debido a que su muerte estuvo precedida de una privación de libertad en la cual pudieron prever su destino fatal, estas personas también fueron víctima de afectación a sus derechos a la integridad y libertad personales.

 En el Informe de Fondo, la Comisión le había recomendado a Colombia que reparara integralmente estas violaciones de derechos humanos, tanto en el aspecto material como moral; así como que se hiciera una investigación completa y efectiva y se determinaran las posibles responsabilidades penales, administrativas o de otra índole. 

La Cidh también urgió a Colombia a adoptar medidas legislativas, administrativas y de cualquier otra índole para asegurar la no repetición de hechos similares. En particular, para garantizar que el uso de la fuerza letal por parte de agentes del Estado sea compatible con los estándares internacionales y que se adoptaran medidas dirigidas a erradicar la problemática de los “falsos positivos” que siguen el modus operandi descrito. 

La Comisión Interamericana sometió el caso a la jurisdicción de la Corte el 14 de abril de 2016, porque consideró que Colombia no cumplió con las recomendaciones contenidas en el Informe de Fondo. 

"El caso permitirá a la Corte profundizar su jurisprudencia en materia de ejecuciones extrajudiciales y, específicamente, en casos que presentan características particulares como los “falsos positivos”, esto es, ejecuciones extrajudiciales de civiles presentados oficialmente como dados de baja en combate en el marco de operativos de cuerpos de seguridad del Estado", señaló la Comisión. 

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