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Radican ley para beneficiar a ex paramilitares

Principio de Oportunidad otorgaría beneficios a 17 ex integrantes de las AUC. Preocupa que esta propuesta afecte el proceso de Verdad, Justicia y Reparación.

16 de noviembre de 2010 Por: Colprensa

Principio de Oportunidad otorgaría beneficios a 17 ex integrantes de las AUC. Preocupa que esta propuesta afecte el proceso de Verdad, Justicia y Reparación.

El magistrado de la Corte Constitucional Humberto Sierra Porto radicó ponencia positiva frente a la norma que abre la puerta para que cerca 17 mil ex paramilitares no sean judicializados, por cuanto permite que les sea aplicado el llamado principio de oportunidad, a cambio de colaboración efectiva con la justicia. Y es que de los desmovilizados de las AUC, por lo menos 17 mil estarían en un limbo jurídico que quiere ser solucionado por el Gobierno con esta ley, el resto de los ex paramilitares estarían amparados por la Ley de Justicia y Paz .Se pudo establecer que ese texto generó división al interior de la Sala Plena. Existe una mayoría que respalda la norma por considerar que no hacerlo violaría la Constitución, pero hay un grupo que considera que de abrir esta posibilidad se verán gravemente afectadas la verdad y la justicia para las víctimas de las AUC.El debate arrancó este martes y en él se analiza el Artículo 2 de la Ley 1312 de 2009. El alto tribunal analizará si es viable o no que un desmovilizado de un grupo al margen de la ley que haya manifestado “con actos inequívocos su propósito de reintegrarse a la sociedad” , pueda ser cobijado con el principio de oportunidad.Lo anterior, siempre que no haya sido postulado por el Gobierno a la Ley de Justicia y Paz, y no cursen en su contra investigaciones por delitos cometidos antes o después de su desmovilización, distintos a los cometidos por la pertenencia a la organización criminal.La Corte analiza también si es viable dejar de aplicar dicho principio en casos que comprometan investigaciones o acusaciones por hechos constitutivos de graves infracciones al DIH, delitos de lesa humanidad, crímenes de guerra o genocidio, o cuando tratándose de conductas dolosas, la víctima sea un menor de 18 años.Entre los juristas que están en contra la exequibilidad de la norma hay preocupación adicional porque dos de ellos: María Victoria Calle y Luis Ernesto Vargas, no estarán en los debates en que se defina el tema, pues deberán ausentarse de la Corte.A pesar de los argumentos en contra de la norma, varios magistrados la consideran viable y califican como una garantía el Parágrafo 3 del Artículo 2 de la citadas ley, en cuanto establece que “el desmovilizado deberá firmar una declaración bajo la gravedad de juramento en la que afirme no haber cometido un delito diferente a los establecidos en esta causal, so pena de perder el beneficio dispuesto en este artículo de conformidad con el Código Penal” .De esta manera, quienes se vean beneficiados por la eventual decisión de la Corte Constitucional no serían cobijados con el delito de concierto para delinquir, sino que podrían ser dejados en libertad con el compromiso de colaborar.

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