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Procuraduría pide a Corte Constitucional tumbar el Referendo por la Paz

De acuerdo con el ente, el proyecto de ley tiene vicios de trámite y de fondo, por lo que debe ser declarado inexequible.

10 de junio de 2014 Por: Elpais.com.co | Colprensa

De acuerdo con el ente, el proyecto de ley tiene vicios de trámite y de fondo, por lo que debe ser declarado inexequible.

La Procuraduría General de la Nación solicitó a la Corte Constitucional que tumbe el proyecto de Ley que aprueba la realización del llamado ‘referendo por la paz’, aprobado por el Congreso a finales del año pasado. En el documento de 95 páginas, el Ministerio Público afirma que el proyecto de ley tiene vicios de trámite y de fondo que son insubsanables, por lo que debe ser declarado inexequible. “No es un proyecto de Ley Estatutaria que pretenda establecer una regla general, en favor del derecho de los ciudadanos a participar en las decisiones que los afectan y a ejercer la soberanía popular, sino un proyecto que se presenta, como su nombre lo indica, por razón de “una ocasión”, es decir, de una situación coyuntural específica, cual es la suscripción de un “Acuerdo para la Terminación del Conflicto Armado", señaló la Procuraduría. Igualmente, el Ministerio Público considera contrario a la Constitución que si este referendo llegara a coincidir con elecciones, se pueda realizar, por estimar que es sugestivo y contrario con la libertad del elector. Igualmente, la Procuraduría considera que realmente lo que los colombianos refrendarían no son los acuerdos que se logren en La Habana, Cuba, con las Farc directamente, sino los mecanismos para poder implementarlos. “Para justificar esta interpretación, sea suficiente con señalar que si los ciudadanos fueran convocados a votar directamente los acuerdos de paz o para la terminación del conflicto de los que trata el Proyecto de Ley entonces esta norma sería simplemente redundante e inútil en tanto que, necesaria e ineludiblemente, dichos acuerdos tendrían que haberse plasmado en normas constitucionales que, a su vez, estuvieran contenidas en las preguntas de la ley de referendo que, por su parte, previamente tendría que haber sido aprobada por el Legislador y revisada por la Corte Constitucional”, señaló la Procuraduría. En este sentido, para el Ministerio Público los ciudadanos no van a votar el texto de los acuerdos sino, las normas para implementarlos, esto significa que el referendo o los referendos sobre los que trata el Proyecto de Ley Estatutaria “es en realidad un plebiscito con efectos constitucionales para aprobar indirectamente los mencionados acuerdos, y no simplemente la aprobación libre y espontánea de una reforma constitucional, en donde los ciudadanos pueden votar positiva o negativamente cada pregunta”. Además, en términos generales, la Procuraduría considera que este proyecto es una “sofisticada de elusión constitucional” en donde los electores en realidad terminarían aprobando indirectamente y, así, incorporando al ordenamiento jurídico “unos acuerdos que no han tenido algún tipo de control y cuyas únicas partes y autores son el Gobierno Nacional y un(os) grupo(s) armado(s) al margen de la Ley”.

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