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Ordenan indemnizar a mujer que fue esclavizada por doce años

La víctima fue apartada de su madre y llevada al hogar de un militar, donde fue sometida a maltratos físicos y sexuales.

21 de marzo de 2013 Por: Elpais.com.co I Colprensa

La víctima fue apartada de su madre y llevada al hogar de un militar, donde fue sometida a maltratos físicos y sexuales.

Al fallar una tutela, la Corte Constitucional condenó a una familia a pagar una millonaria indemnización a una mujer que desde sus primeros años de vida fue raptada de su hogar y sometida a labores domesticas sin remuneración. Se trata de una tutela interpuesta por Amalia (nombre asignado por la Corte para preservar la identidad de la víctima), una mujer quien fue apartada de su madre y llevada al hogar de un militar. En la tutela, la mujer narra los maltratos físicos y sexuales a los que fue sometida. Como su infancia, a diferencia de las de muchos niños, estuvo rodeada de trabajo doméstico y sin ningún tipo de educación escolar. Amalia afirma que desde el 1 de julio de 1963 Vitaliano Sánchez Castañeda quien era el alcalde Militar de Anzoátegui (Tolima) logró, de alguna manera que desconoce, apoderarse de ella, una pequeña niña campesina de aproximadamente seis o siete años. Agrega que Sánchez Castañeda se la llevó a Bogotá y la entregó a su suegra, María Odilia Franco de Beltrán, en calidad de "esclava" y que desde ese momento y durante aproximadamente doce años, fue objeto de explotación, maltrato físico, abuso sexual y tortura por parte de distintos miembros de la familia. En el recurso explica que posteriormente estuvo “sometida definitivamente” a la familia del capitán Vitaliano Sánchez, y que durante ese tiempo fue víctima de actos sistemáticos de violencia sexual por parte de éste, y de maltrato físico por parte de su esposa, Eunice Beltrán de Sánchez. Según la demandante, a principios de los años 70 logró huir de la casa del militar con la ayuda de un chófer de la Armada y de una joven vecina, hija de otro oficial. En el recurso resalta que le preocupa que las personas que la separaron de su madre mueran y no revelan ni su edad ni la identidad de sus padres. Además, en la tutela la demandante le solicita a la Corte que la familia Sánchez Beltrán conteste una serie de presuntas, tales como: - ¿Cuáles fueron las circunstancias en que el capitán Vitaliano Sánchez logró apoderarse de esa niña campesina y arrebatarla de su familia para desplazarla a Bogotá? -¿Cuál es su verdadero nombre, el nombre de su madre y otros nombres que puedan ayudarla a ubicar a su verdadera familia y su historia? -¿Dónde y cuándo ocurrieron estos hechos? -¿Poseen ellos o saben en dónde se encuentran sus documentos originales de identidad?” -¿No les da vergüenza? A raíz de la tutela, el alto tribunal logró comprobar que Amalia nunca fue enviada al colegio ni educada formalmente. Aprendió a leer junto con los niños que cuidaba, y solamente fue matriculada en una institución educativa en una oportunidad, como reconocen los demandados, a la que asistió dos meses. “En ese momento tenía cerca de 9 años pero fue reprendida por aprender a leer y escribir”, indica el fallo. Asimismo, se logró probar que la demandante no podía disponer de su tiempo ni podía abandonar la casa de la familia Sánchez Beltrán porque no se lo permitían y, adicionalmente, porque era una niña sin educación que no conocía la ciudad y no tenía dinero. La Sala también advierte que durante ese tiempo, la peticionaria fue sometida a varios tipos de maltrato. Por ejemplo, los testimonios tanto de la demandante como de los demandados, concuerdan con que a la niña se le decía de forma reiterada que su madre era una prostituta y por eso la había entregado a Vitaliano Sánchez, para que supuestamente tuviera una mejor calidad de vida. Teniendo en cuenta lo anterior, el alto tribunal le ordenó al Ministerio del Interior brindar asistencia a la accionante y coordinar con las entidades que conforman el Comité Interinstitucional para la Lucha contra la Trata de Personas, las investigaciones necesarias para encontrar a su familia y permitirle reconstruir su pasado. Igualmente, condena a Vitaliano Sánchez y a Eunice Beltrán de Sánchez al pago de una indemnización a favor de la tutelante. En ese sentido advierte que para efectos de la liquidación de la indemnización, un juez deberá tener en cuenta el concepto técnico remitido por la Defensoría del Pueblo sobre las secuelas psicológicas y emocionales que presenta Amalia. Por último, le ordena al Ministerio del Interior realizar campañas dirigidas a erradicar definitivamente, de conformidad con las obligaciones internacionales del Estado colombiano, prácticas como la trata de personas con énfasis en las áreas rurales de país.

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