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Juez impide ingreso de más detenidos a cárcel La Modelo de Bogotá

La decisión se tomó como fallo de una tutela interpuesta por un interno, quien aseguró que en el penal se le violan sus derechos de estudiar y trabajar para rebajar la condena.

22 de mayo de 2013 Por: Elpais.com.co I Colprensa

La decisión se tomó como fallo de una tutela interpuesta por un interno, quien aseguró que en el penal se le violan sus derechos de estudiar y trabajar para rebajar la condena.

La jueza 56 de Conocimiento de Bogotá ordenó a la dirección de la Cárcel La Modelo abstenerse de recibir más detenidos, tras considerar que todavía persiste un estado de cosas inconstitucional en este establecimiento, donde se registra una grave situación de hacinamiento. La decisión, que se dio luego de que un preso interpusiera una tutela para que se le reconocieran los derechos al trabajo y al estudio, también ordena al director de La Modelo a que en un plazo máximo de cuatro meses se ejerzan las acciones necesarias para trasladar a 2.630 personas condenadas a centros penitenciarios donde puedan realizar actividades para la redención de la pena. Estas personas no deberían estar en La Modelo, explica el Juzgado, debido a que este lugar no fue construido para albergar condenados. Asimismo, el fallo de 32 páginas bestablece que se debe gestionar ante el Inpec, la Unidad de Servicios Penitenciarios y Carcelarios, el Ministerio de Justicia y el Ministerio de Hacienda "los recursos necesarios para la remodelación y debida adecuación de las instalaciones" que permitan a los reclusos adelantar actividades físicas, lúdicas, recreativas y culturales que contribuyan a redimir la pena. ¿Por qué se tomó la decisión?La decisión de la funcionaria judicial se tomó luego de que un recluso presentó una tutela argumentando que se le estaban vulnerando sus derechos a la igualdad, al trabajo y al estudio, ya que alegó que no tenía la posibilidad de ejercer alguna actividad de estudio o trabajo en el interior del centro carcelario. Según manifestó, en el Inpec le contestaron inicialmente que no podía acceder a este tipo de actividades, debido a que su situación jurídica era sindicado, pese a que, según el demandante, ya había sido condenado. Posteriormente, con el traslado de la demanda de la tutela, actualizaron su situación jurídica y le respondieron que estudiarán su caso.Ante esta situación, el juzgado considera que al recluso se le están violando sus derechos fundamentales al debido proceso, al trabajo, a la educación y a la libertad "porque al negarle esa posibilidad le impiden empezar a descontar la pena impuesta; hecho que repercute directamente en alcanzar su derecho a la libertad". Cuando habla de posibilidad, el fallo se refiere a la obligación del Estado de velar porque los reclusos cumplan una labor que les permita resocializarse y redimir su pena. El juzgado considera, entonces, que sobre la persona que puso la tutela existe una vulneración "al no incluirle dentro de alguna de las actividades o programas autorizados para redimir pena". Asimismo, el juzgado expresa que La Modelo tiene un hacinamiento carcelario del 206.52 por ciento, que está dispuesto para la detención preventiva, es decir, exclusivamente está preparado para la retención y vigilancia de sindicados y no de condenados. "Alrededor de la mitad que allí se encuentran son personas condenadas, quienes por la situación de hacinamiento conocida y constada", expresa la jueza. Por esto, considera la funcionaria judicial, "al albergar personas condenadas sin ser un establecimiento creado y construido para ello, no solo incrementa los elevados niveles de hacinamiento, sino que también contribuye de manera notable en la vulneración de los derechos de los reclusos". Por la situación de hacinamiento, manifiesta el fallo, los reclusos no pueden acceder a los programas de redención de pena y ven limitado su acceso a servicios como el de la salud. "Ven seriamente disminuidas sus condiciones de higiene, de salubridad, sus condiciones de vida y hasta su misma integridad personal", señala la decisión. El nivel de hacinamiento, agrega, "hace que persista esa vulneración masiva de derechos fundamentales, de manera constante, repetida y reiterada por parte de las autoridades encargadas de garantizar sus derechos".

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