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Guerrilleros condenados por delitos de lesa humanidad no podrán hacer política: Corte

La Corte Constitucional avaló la ponencia que buscaba dejar intacto el artículo tercero del Marco Legal para la Paz.

6 de agosto de 2014 Por: Elpais.com.co

La Corte Constitucional avaló la ponencia que buscaba dejar intacto el artículo tercero del Marco Legal para la Paz.

La Corte Constitucional declaró ajustado a la Carta Magna el artículo tercero del Marco Jurídico para La Paz que abre la posibilidad a los guerrilleros de las Farc desmovilizados en el proceso de paz para que participen en política, excepto cuando han cometido delitos graves. Al respecto, Luis Ernesto Vargas Silva, presidente de la Corte Constitucional, manifestó que "la Corte, después del cuarto debate que se hace sobre el tema, arribó a declarar exequible el Marco Jurídico Para La Paz, debido a que no constituye una sustitución de la Constitución como lo había indicado el demandante". El demandante, el exviceministro Rafael Guarín, pretendía que se declarara inconstitucional el artículo tercero del Marco Legal para la Paz, al señalar que la limitación para hacer política también debería extenderse a quienes han cometido acciones terroristas, narcotráfico y crímenes de guerra.El presidente de la Corte Constitucional dijo que se realizaron dos votaciones. La primera fue ayer y se hizo para definir si la sala se iba a pronunciar de fondo con el tema, ahí los magistrados votaron 5 a favor y 4 en contra. Y el otro encuentro fue hoy cuando se acogió la ponencia de la magistrada encargada Martha Sáchica, que estima que el Marco para la Paz debe dejarse intacto, tal y como salió del Congreso permitiendo que quienes hayan cometido delitos menores puedan ser elegidos para ocupar un cargo a través del voto.Es decir, que quedarán inhabilitados para participar en política aquellos guerrilleros que sean responsables de crímenes de lesa humanidad. Después de dos horas y media de discusión, los magistrados de la Sala Plena de la Corte Constitucional avalaron con una votación de seis a tres la ponencia de Sáchica."La sentencia avala el acto legislativo para que se dicte la ley correspondiente y quedará a cargo del Congreso", expresó el presidente de la Corte Constitucional. Agregó, además, que se tuvieron en cuenta 11 tratados internacionales sobre el tema a los cuales está adscrito Colombia. Con esta definición se establece que será una ley estatutaria la que regulará por qué tipo delitos los guerrilleros desmovilizados podrían participar en política y por cuáles no. Con la aprobación de la ponencia de la magistrada encargada Martha Sáchica, la Fiscalía tendrá ahora un papel clave en el resultado de las investigaciones y las condenas por este tipo de infracciones protagonizadas por los combatientes. Esto, indicando claramente que no serán conexos a los delitos políticos aquellos que adquieran la connotación de crímenes de lesa humanidad y genocidio cometidos de manera sistemática. “Y en consecuencia no podrán participar en política ni ser elegidos quienes hayan sido condenados por estos delitos”.Antecedentes de la demandaLa Corte se pronunció sobre una demanda que había presentado el exviceministro de Defensa, Rafael Guarín, quien estimaba que dicho artículo era demasiado amplio porque permitía la participación en política de responsables de crímenes de guerra. Este debate se había ‘calentado’ cuando el propio fiscal General de la Nación, Eduardo Montealegre, solicitó a la Corte que tumbara el Marco por considerar que no se debía establecer en la Constitución un límite a la posibilidad de participar en política. Montealegre consideraba además que la prohibición para responsables de estos delitos no debe ser de por vida, si el objetivo es poner fin a años de conflicto y consolidar una salida negociada al conflicto. En contra parte, el procurador General de la Nación, Alejandro Ordóñez, quien tiene entre sus deberes rendir conceptos ante la Corte, había insistido en que se debía caer todo el Marco por considerarlo lesivo para los derechos de las víctimas. Para Ordóñez, además, la participación en política vulnera los derechos a la verdad, a la justicia y a la reparación porque en últimas el victimario terminaría gobernando a su víctima y dictando cuál es su verdad de los hechos. “Viola el derecho a la verdad porque permitir su intervención en política equivale a decir que no fueron criminales sino personas altruistas, que su lucha se justifica”, había dicho Ordóñez.

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