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Destituyen a fiscal que permitió la libertad de cuatro investigados por homicidio en Neiva

La funcionaria también fue inhabilitada por 10 años. La sanción fue impuesta por dejar vencer los términos para acusar o precluir la investigación contra los sindicados.

10 de julio de 2017 Por: Colprensa / El País 

La Sala Disciplinaria del Consejo Superior de la Judicatura destituyó e inhabilitó por diez años para el ejercicio de sus funciones a una fiscal de la Unidad de Derechos Humanos y Derecho Internacional Humanitario de Neiva, Huila.

La sanción fue impuesta por dejar vencer los términos para acusar o precluir la investigación en contra de cuatro personas procesadas por el delito de homicidio agravado en persona protegida.  

Se trata de Tatiana Oliveros Gutiérrez, quien en su condición de Fiscal 58 delegada ante los Jueces Penales del Circuito Especializado actuó de manera dolosa, según la Judicatura, al permitir que las cuatro personas detenidas recobraran la libertad por lo que le compulsaron copias a la Fiscalía para que la investiguen.

La Sala no aceptó los argumentos de Oliveros Gutiérrez, quien señaló que el vencimiento de términos se dio por maniobras dilatorias de la defensa. Para la Corporación actuaciones como solicitudes de libertad provisional, sustituciones de poder y solicitudes de reconocimiento de personería, hacen parte de las labores del defensor y en nada impide el trabajo de un fiscal.

La Sala Disciplinaria enfatizó que la funcionaria tendrá que responder por el delito de prevaricato por omisión, al tener conciencia de que tenía unos términos que cumplir, una competencia que respetar, un código que aplicar y unas personas privadas de su libertad desde hacía varios meses y a pesar de tener conocimiento y experiencia, su estadística era pobre y mantuvo el expediente inactivo durante bastante tiempo.

“Es un conjunto de argumentaciones y de análisis ponderado y apoyado en las pruebas obrantes, particularmente las documentales provenientes de la misma actuación omisiva de la Fiscal, que llevan a la conclusión de que su misión no tenía más objeto que la libertad de los procesados, lo que de ninguna manera puede ser lo que busque un Fiscal en un proceso. Por ello, no hay contradicción en la sentencia, sino en las resoluciones de la Fiscal, con el objetivo perverso o doloso de darles la libertad a los encartados en tan graves delitos”, concluyó la Sala.

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