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En un operativo desarrollado entre el FBI y la Dijín de la Policía Nacional colombiana fue capturado Orlando Sánchez Cristancho, quien sería el denominado ‘Hombre del Overol’ . | Foto: Colprensa- El País.com.co

ESTADOS UNIDOS

Corte Suprema avala extradición de Orlando Sánchez, del cartel del Norte del Valle

Sánchez Cristancho, conocido como 'El Hombre del Overol', es requerido en Estados Unidos para que responda por delitos como concierto para cometer fraude electrónico y bancario y lavado de activos y fraude bancario.

2 de octubre de 2017 Por: Colprensa 

La Sala Penal de la Corte Suprema de Justicia avaló la extradición a los Estados Unidos de José Orlando Sánchez Cristancho, exmiembro del Cartel del Norte del Valle.

Sánchez Cristancho fue detenido el pasado 27 de marzo en una finca en Facatativá (Cundinamarca) y en ese momento se indicó por la Dijín de la Policía Nacional, que se trataría de uno de los hombres conocidos con el alias de ‘El Hombre del Overol’.

Sánchez Cristancho, a quien la justicia de Estados Unidos identifica con el alias de Orlando Sánchez, es requerido por la Corte del Distrito Sur de Florida, mediante la acusación No. 14-20209-CR-ALTONAGA, para que responda por ocho cargos de concierto para cometer fraude electrónico y bancario y lavado de activos y fraude bancario, en valor superior al millón de dólares.

No obstante, la Corte Suprema sólo avaló la extradición por los cargos uno y ocho de la acusación de los Estados Unidos, que tienen que ver con los delitos de concierto para cometer fraude electrónico y fraude bancario y concierto para cometer lavado de dinero.

Sobre el primero, la acusación señala que Sánchez Cristancho, entre 2003 y 2011, conspiró para estafar y obtener dinero bienes por medio de promesas falsas, obteniendo “préstamos hipotecarios para la compra de bienes raíces en el Distrito Sur de Florida y en otros lugares”. Para esto, Sánchez y sus cómplices reclutaban personas para que actuaran como testaferros de sus inmuebles.

Luego, estas personas falseaban sus ingresos para que “las instituciones prestamistas a que les proporcionaran fondos” y hacer ventas fraudulentas de al menos cinco inmuebles.

Sobre el concierto para cometer lavado de dinero, la acusación de los Estados Unidos indica que en ese mismo periodo de tiempo, Sánchez Cristancho se concertó para “convertir dinero obtenido de la importación y venta de una sustancia controlada en transgresión de lo dispuesto en las leyes de los Estados Unidos en activos tangibles dentro de los Estados Unidos, específicamente, bienes raíces, entre ellos, casas y departamentos de condominio”.

En ese sentido, la Corte no avaló la extradición de Sánchez Cristancho por los cargos 2 a 7, que tienen que ver con fraude bancario supuestamente cometido entre 2006 y 2008, por presentar solicitudes de préstamo a bancos de manera fraudulenta.

“Aun cuando los delitos que se le atribuyen al requerido Sánchez Cristancho en los cargos dos, tres y cuatro, están previstos en el artículo 246 del Código Penal, en donde se describe el delito de estafa, también se evidencia que su pena mínima es de 32 meses de prisión. (…) En consecuencia, resulta palmario que no se satisface el requisito de la doble imputación de que trata el numeral 1º del artículo 493 de la Ley 906 de 2004, motivo por el cual se anticipa que por los cargos dos, tres y cuatro bajo análisis, el concepto de la Corte será desfavorable”, dijo la Corte.

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