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Consejo de Estado pide a ONU investigar violaciones a DD.HH. por parte de Farc

La petición se hizo luego de que se condenara a la Policía Nacional por un ataque armado realizado el 11 de enero del 2000 al municipio de Puerres, Nariño, como defensa ante un hostigamiento de las Farc.

18 de julio de 2014 Por: Elpais.com.co | Colprensa

La petición se hizo luego de que se condenara a la Policía Nacional por un ataque armado realizado el 11 de enero del 2000 al municipio de Puerres, Nariño, como defensa ante un hostigamiento de las Farc.

El Consejo de Estado exhortó al Gobierno Nacional para que pida un pronunciamiento del Comité de Derechos Humanos de las Naciones Unidas sobre las sistemáticas violaciones de los derechos humanos que ha ocasionado las Farc durante el conflicto armado interno. El pronunciamiento se dio por parte de la Sección Tercera de la Corporación a la hora de condenar a la Policía Nacional por un ataque armado realizado el 11 de enero del 2000 al municipio de Puerres (Nariño). La Institución fue declarada responsable patrimonial y administrativamente por las lesiones ocasionadas a una persona que residía junto a la estación de policía del municipio y cuya casa resultó totalmente destruida, afectando a su esposa y sus cinco hijos menores de edad. La Sección Tercera explicó que se encuentra en cabeza de la Fuerza Pública, el deber constitucional de proteger a los habitantes del territorio nacional, así como de mantener la convivencia pacífica, a menos que se demuestre que hubo culpa de la víctima, de un tercero, o fuerza mayor que impidieron ejercer ese deber. Señala la Sala que el servicio de policía está sujeto a la aplicación del principio de planeación, según el cual los comandantes de las unidades policiales y de las correspondientes escuadras, se encuentran obligados a planear y distribuir los servicios para cumplir sus obligaciones legales y funcionales. No obstante, la decisión señala que no es necesario sacar las estaciones de Policía del casco urbano, porque sería incumplir con la Constitución y con el principio de soberanía que ejercen las instituciones del Estado. “Las pruebas obrantes llevan a la Sala a considerar que en los hechos ocurridos el 11 de enero de 2000 en Puerres (Nariño) se produjo un daño antijurídico que la víctima; su esposa y sus hijos no estaban llamados a soportar como una carga ordinaria, ni siquiera extraordinaria, en atención al respeto de su dignidad humana y de sus derechos constitucionales y convencionales a la vida y a la integridad personal, que son incuestionables en un Estado Social de Derecho, desde una perspectiva no solo formal, sino también material”, señala la decisión. Sin embargo, debido a que el hecho fue perpetrado por las Farc, se pide que se investiguen las conductas de esta organización armada, y se solicita el pronunciamiento de instituciones e instancias nacionales e internacionales de protección de los derechos humanos sobre el uso de medios bélicos no convencionales que produjeron serias y graves afectaciones a los ciudadanos. “Amerita que el Estado exija un enérgico y concreto pronunciamiento tanto de las autoridades nacionales, como de la comunidad internacional, de rechazo a este tipo de acciones bélicas, como forma de responder al derecho a la verdad, justicia y reparación, y de cumplir con el mandato del artículo 2 de la Convención Americana de Derechos Humanos”, concluye la decisión.

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