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Superintendencia anunció multas por publicidad engañosa

La firma Genomma Lab deberá demostrar ante la SIC si tres de sus marcas tienen soporte científico.

22 de noviembre de 2011 Por: Colprensa

La firma Genomma Lab deberá demostrar ante la SIC si tres de sus marcas tienen soporte científico.

La Superintendencia de Industria y Comercio, SIC, definirá si los productos Siluet 40, Cicatricure y Tio Nacho, de la sociedad Genomma Lab Colombia Ltda., tienen o no soporte científico.Hasta ahora no existe ninguna sanción en firme, pues se debe tener en cuenta que en este tipo de procesos cualquier decisión se toma luego de resolver los recursos correspondientes.En este caso, la SIC manifestó que impuso cinco multas a Genomma Lab Colombia Ltda., por un valor superior a los $139 millones por publicidad engañosa, en relación con los mensajes que transmite en su productos Tio Nacho Contra Canas, Tio Nacho Aclarante White Secret, Cicatricure crema y Siluet 40, ya que no demostró que los beneficios que anuncian tales productos estén científicamente sustentados.Según la entidad, la medida fue adoptada al verificarse que la sociedad investigada no aportó los estudios científicos que permitieran comprobar que los efectos ofrecidos a través de la publicidad sean los realmente producidos.“Estos mensajes publicitarios, en criterio de la Superintendencia de Industria y Comercio son engañosos, en la medida en que la sociedad sancionada no demuestra por medio de experimentos o estudios científicamente válidos que las afirmaciones anunciadas en su publicidad respecto de los productos ofrecidos sean reales y efectivas”, según el comunicado de la SIC.“Como medida de protección a los consumidores, la Superintendencia de Industria y Comercio ordenó a la investigada que proceda a ajustar a las previsiones del artículo 14 del Decreto 3466 de 1982 y de la Circular Única de esta Entidad la publicidad contenida en los empaques, anuncios y folletos de los productos ‘Tio Nacho Contra Canas’, ‘Tio Nacho Aclarante White Secret’, así como retirar inmediatamente toda la publicidad de los productos ‘Cicatricure crema’ y ‘Siluet 40’, donde se mencione información que no esté científicamente sustentada”, agregó el documento.Asimismo, manifiesta que ordenó a Genomma Lab Colombia Ltda. que publicara en un periódico de amplia circulación cinco anuncios en los que informe que los productos mencionados no cuentan con ningún sustento científico que demuestre su efectividad, por lo que está prohibido hacer publicidad en sus folletos, carteles, empaques, avisos o cualquier medio de información donde se anuncien tales beneficios.Aclaró igualmente, que las decisiones adoptadas son de primera instancia, y contra ellas proceden los recursos de reposición y de apelación. Se debe destacar que en estos casos, las empresas pueden presentar su oposición y defenderse. Alrededor de dos meses a seis meses tarda la respuesta de la SIC.

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